Dr. Ángel Durán Pérez
La usura es al cobro excesivo y abusivo de intereses por un préstamo. Esta práctica usurera, ha proliferado en el Estado de Colima y se ha permitido por las autoridades judiciales del Estado.
La usura es ilícita cuando el que otorga el crédito se aprovecha de las necesidades apremiantes de la persona al que se lo proporciona y en muchos de los casos va acompañado de la ignorancia de quien obtiene, no saben el riesgo que conlleva de perder los bienes que deja en garantía.
Más grave es todavía, si al momento de entregar el crédito, hacen firmar a la parte deudora pagarés mercantiles documentando el adeudo total, incluyendo intereses y por separado, firman entre las partes un crédito hipotecario, dando en garantía un inmueble o incluso, bienes muebles para garantizar el préstamo.
Normalmente es una práctica cotidiana, un hecho notorio y de dominio público que no desconoce el poder judicial local que la cantidad del préstamo es simulada, porque el prestamista se cobra los intereses por adelantado haciendo parecer que se entrega la totalidad a la firma de los documentos, cuando no es así. Aquí hay contubernio con notarios públicos, haciéndolo asentar así en la escritura de hipoteca.
Esta práctica es común en nuestra entidad, principalmente por prestamistas que se aprovechan de que la mayoría de las personas de escasos recursos no tienen acceso a créditos bancarios o a beneficios de gobierno de esta misma índole con un interés bajo, sin que les pidan tantos requisitos para poderlos beneficiar con los créditos.
Esto ha provocado que quien necesita un crédito, no le quede otra alternativa más que acudir a este tipo de personas, con la aquiescencia y complicidad del propio Estado y del poder judicial, en donde el final del día, les ayudan a quitarles sus propiedades (aparentando un proceso legal) porque estos no alcanzan a pagar los altos intereses.
Pareciera que lo que he mencionado y la forma en cómo una gran cantidad de personas en Colima, han perdido sus casas y su patrimonio, en manos de estos prestamistas, incluyendo casas de empeño y sofoles; insisto, pareciera que es legal; porque el préstamo, está la ley y se permite, siempre y cuando no se cobre un interés mayor al que cobran los bancos.
Hasta ahí todo bien, sin embargo en la realidad, es que en este tipo de operaciones es distinta y aquí es donde el ojo ciego del poder judicial no lo ve. Si el poder judicial no lo observa, imagínese el Estado, pues ¡tampoco! Y la inobservancia es a causa de que están trabajando un sistema legalista sin voltear a ver la justicia como derecho humano. Se justifican al decir que el préstamo está considerado como legal y, siempre y cuando no se cobre un interés mayor al que obtienen los bancos, aunado a que dar un bien en garantía hipotecaria es legal; por lo tanto, aquí no hay nada prohibido, sin embargo el poder judicial, abogadas y abogados, juzgadores y juzgadoras y la sociedad en general y no se diga los afectados, sabemos que detrás de esta apariencia legal, hay una enorme simulación que el ojo ciego del poder judicial no quiere mirar.
La simulación consiste en que el prestamista, las casas de empeño y algunas sofoles que están bien identificadas en el Estado, al otorgar el crédito, retienen los intereses por adelantado, duplican el crédito bajo la firma de pagarés y escrituras ante notarios, te reciben dinero como abono a intereses o a capital y en muchos de los casos no se entregan los recibos, y si por alguna razón el deudor no los conserva, y llega a demandar, el titular del crédito desconoce los abonos otorgados, esperando a que el demandado no los tenga y en caso de ser así, no reconoce ningún pago y ¿qué sucede? la deuda es impagable y le rematan la casa.
No es como el banco, que todo movimiento que haces queda en un registro, y aunque tampoco son blancas palomitas en el otorgamiento de un préstamo, cuando menos te quedas con la seguridad, de que no te van a ocultar nada en cuanto a pagos hayas realizado.
El actuar de estas personas que practican la usura, ha sido tolerada totalmente por el poder judicial, olvidándose que el STJE representa al Estado mexicano y ya la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dicho en su jurisprudencia que el Estado tiene que cuidar que ninguna institución pública o particular afecte las condiciones de igualdad y equilibrio en los derechos de nadie.
También la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido el deber de los estados para que la usura no afecte a nadie.
La causa de la violación masiva al patrimonio de muchos colimenses ocasionada por prestamistas, es porque no tenemos un sistema de justicia que garantiza la protección de los derechos humanos y está utilizando un sistema anacrónico de derecho legalista, dando lugar a un abuso de los prestamistas, casas de empeño y sofoles, cobrando hasta dos veces el mismo crédito y dejando a familias enteras sin hogar.
Imagínese usted una persona que haya abonado durante años y que no conserva sus recibos y el prestamista demanda por el total de la deuda, la contraria al contestar la demanda, no tiene con qué justificarlo, pero sí pagó, ellos saben que la única forma es exhibiendo los recibos, pero no los tiene, resultando la deuda impagable. A consecuencia de esto, el poder judicial saca a remate el bien hipotecado, y lo subasta en las dos terceras partes de su valor comercial, si en la primera oferta no hay postores, hay una rebaja del 20% adicional, luego a estas personas se les ocurre, qué si el adeudo es mayor, no ejecutan la sentencia y se tarda el tiempo suficiente para que el adeudo suba tanto que solo alcance a cubrir el adeudo ya rebajado en la segunda subasta.
Desgracia total la pérdida del patrimonio de familia. Pues bien, a esto se le llama usura con la complacencia judicial. Esto está garantizado en la Constitución para que no ocurra y también en tratados internacionales, solo falta que los estados regulen este abuso que llevan a cabo estas instituciones particulares y esa les corresponde a los sistemas de justicia.
Igualmente, en el mismo poder judicial colimense,existe una práctica recurrente en los juzgados del poder judicial local, “donde por sistema” y en una gran cantidad de asuntos tramitados por el INFONAVIT en contra de quienes se han atrasado en sus pagos, éstos pierden sus casas a través de convenios ventajosos avalados por el STJE, resultando inconstitucional.
¿Qué ocurre? El juez al recibir la demanda, la admite, luego se la notifica al demandado -e insisto, en muchos casos, es el mismo sistema-, luego el INFONAVIT presenta un convenio firmado por el demandado y éste es aprobado por el juez, quedando listo para el remate en caso de incumplimiento.
Este sistema de actuación por parte del INFONAVIT y que el sistema de justicia local lo avala y lo autoriza es inconstitucional. ¿Por qué? Pues porque se utiliza a los tribunales haciendo parecer que todo es legal, para quitarle la casa a una gran cantidad de familias colimenses.
Es una práctica sistemática que se hace a través de una simulación y contubernio con el sistema de justicia, esa simulación es porque el INFONAVIT desde que hace el convenio sabe perfectamente bien que el demandado no puede cumplir sus obligaciones y lo hace firmar diciéndole que lo está ayudando y que le va a condonar los intereses, pero éste no se da cuenta que al final el contrato establece que en caso de incumplimiento de los pagos el inmueble pasará a remate en automático y pagará los intereses, recargos, gastos de juicio y los gastos de los abogados, independientemente que al firmar el convenio le había dicho, que no los tendría que cubrir. ¿Y qué cree? La mayoría de los contratos que se firma en el juicio, se incumplen y posteriormente se remata la casa. Fin de la historia.
Este hecho sucede porque el poder judicial sigue utilizando un sistema de aplicar la ley legalista, arcaico, decimonónico que ya no se utiliza; ahora, todas las autoridades de conformidad con la Constitución -por supuesto que los jueces son autoridad-, están obligados a respetar derechos humanos.
El derecho a la vivienda digna, es un derecho humano que los juzgadores no garantizan a los titulares de la vivienda y se alían con el INFONAVIT a fin de quitar a través de un convenio fraudulento e inconstitucional la casa de un trabajador sin un proceso justo.
Lo delicado de esta situación es que pareciera todo legal, ¿por qué? Pues porque ante el incumplimiento de un derechohabiente que haya dejado de pagar al INFONAVIT, la ley establece que lo pueden demandar y también es legal que el demandado pueda firmar un convenio, sin embargo; ¡apoco no le resulta sospechoso a los juzgados del poder judicial, cuando ven que sistemáticamente, en todos los tribunales y de manera continua el INFONAVIT, después del emplazamiento, firma el mismo convenio con la mayoría de los demandados! con las mismas promesas y aceptando que si se incumple inmediatamente pasará a remate y las promesas de condonación que le había hecho no se las respetan y luego ambas partes solicitan que quede como sentencia firme.
Como jueces humanistas, tienen la obligación de respetar el derecho humano a la vivienda digna, porque en éste, no nada más vive ahí el demandado, si no toda la familia. Los juzgadores debieran sospechar que el INFONAVIT está sorprendiendo a los demandados y los está engañando, al hacerlos firmar un convenio con promesas que saben que ellos no pueden cumplir y que de esa forma, rematarán el inmueble, sin el mínimo esfuerzo de buscar un esquema de ampliación de crédito o cualquier otra cosa que no llegase a privarlo de la vivienda.
El gobierno federal a través del INFONAVIT tiene como propósito, otorgar una casa a los trabajadores, con base en la protección del derecho humano a una vivienda digna, hoy día, los jueces no deben dejarse sorprender por esas acciones fraudulentas que dañan a la sociedad, pues se están convirtiendo en una institución judicial ejecutora del INFONAVIT, originada en un proceso judicial que viola derecho humano a la vivienda.
Pareciera ser el INFONAVIT, que es un banco de la iniciativa privada o que es un sistema judicial especial exprofeso a sus peticiones; cuando realmente es una institución pública que tiene como propósito dar hogar a la clase trabajadora, pero no, esta institución en contubernio con los tribunales judiciales no lo está cumpliendo y como consecuencia está violando a la Constitución y tratados internacionales.
México firmó la Declaración Universal de los derechos humanos que protege el derecho a la vivienda en su artículo 25.1, también se comprometió a respetar el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el art. 11 también protege el derecho a la vivienda, igual signó la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre que igual protege el mismo derecho en su el art. XI; el Protocolo de San Salvador, instrumento internacional secundario a la Convención Americana de Derechos Humanos en donde el primero protege el derecho al trabajo y a un nivel de vida adecuado y proteger el derecho a la vivienda; asimismo en las diferentes actuaciones del Relator Especial sobre una vivienda adecuada como componente del derecho a un nivel de vida adecuado y sobre el derecho a la no discriminación también lo garantiza; además de las Observaciones generales del Comité No. 4 (1991) sobre el derecho a una vivienda adecuada y No. 7 (1997) sobre los desalojos forzosos.
Todos estos instrumentos internacionales, están siendo violentados por parte del poder judicial, pues está dejando que el INFONAVIT abuse en contra de los demandados, presentándolos como que aceptan las condiciones del contrato, cuando realmente en el fondo, los están engañando y los están haciendo consentir la renuncia a defenderse en el proceso y a solicitar opciones para resolver el problema de vivienda. Por eso son inconstitucionales los remates de viviendas de INFONAVIT bajo esta práctica sistemática tolerada por el poder judicial.
Muchos derechohabientes al enterarse de que les están rematando su casa, acuden a asesorarse y al revisar el expediente no les queda otra más que decir que su juicio concluyó mediante convenio, ahí es donde se nota que los demandados no sabían las consecuencias de haber firmado el convenio y ese engaño de apariencia legal no lo puede permitir un juez.
¿Cuál es la causa? la errónea forma e injustificada de aplicar la ley, sin observar el derecho humano a la vivienda; por lo que la solución es que los juzgadores resuelvan aplicando este derecho en términos del artículo 1º de la Constitución federal y los instrumentos internacionales en cita, obligación que la tienen desde junio de 2011 pero que se niegan a aplicar y por eso la injusticia en contra de muchas familias colimenses que caen en las garras de la aparente justicia legalista.
Bibliografía
Rodolfo L. Vigo, de la ley al derecho, editorial Porrúa, México, 2003.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Reforma constitucional de 10 de junio de 2011
Contradicción de tesis 293/2011
Declaración Universal de los derechos humanos
Convención Americana de Derechos Humanos
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “PROTOCOLO DE SAN SALVADOR”
Relatoría especial sobre una vivienda adecuada
Observaciones generales del Comité No. 4 (1991) sobre el derecho a una vivienda adecuada y No. 7 (1997) sobre los desalojos forzosos