Sistema único de carpetas de investigación: Retos para garantizar el acceso a la justicia en México desde la coordinación entre fiscalías y policías | Paréntesis Legal

Mayra Hernández

 

“Desde el 2020, la Policía Metropolitana de Investigación en coordinación con la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León, ejecuta protocolos y diligencias eficaces que aseguran el intercambio de información, en las que se privilegia el uso de la tecnología para la conducción de la investigación.”

 

POLICÍA METROPOLITANA DE INVESTIGACIÓN

 

 

El pasado 3 de noviembre, la Cámara de Diputados aprobó la creación del Sistema Único de Carpetas de Investigación[1], incorporando reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales, específicamente en los artículos 131, 132, 237 Bis y sus transitorios, al referirse como: “un sistema informático único de carpetas de investigación, que deberá incluir todos los actos de investigación, entrevistas, intervenciones de peritos, dictámenes que correspondan a cada delito en particular (…)”, y con especial énfasis en el artículo décimo cuarto transitorio, cita que las Fiscalías deberán “contar con un sistema de alarma para que el Ministerio Público esté en conocimiento de cuáles son los actos de investigación que faltan por integrar a la carpeta de investigación y los tiempos que tiene para llevarlos a cabo.”

 

Asimismo, se adiciona el artículo 217 Bis del CNPP[2] para la creación del Sistema Único de Carpetas de Investigación, cuyo objetivo es sentar las bases de coordinación y los criterios entre el Ministerio Público y la Policía para el registro de las actuaciones durante la investigación a través de la denominada “carpeta digital”, considerando a su vez, el cómputo de los plazos, la identificación de la etapa del procedimiento, así como las actuaciones necesarias, los requisitos y plazos para solicitar actos o medidas con control judicial y el establecimiento de metas de cumplimiento como mecanismos de evaluación y desempeño de las Fiscalías.

 

Si bien la reforma al CNPP turnada al Senado de la República para los efectos constitucionales, es un gran acierto para impulsar el uso y aplicación de la tecnología para transformar la gestión de procuración de justicia, hay que advertir que no resuelve el problema de fondo que es la impunidad y la cifra negra; es decir, los delitos que no se denuncian y en los que no se inicia una carpeta de investigación, pero igualmente, donde la toma de decisiones del Ministerio Público es nula en cuanto al resultado de la investigación (véase el artículo: La investigación criminal desde las Policías en México vs. el archivo temporal del Ministerio Público)

 

¡A los datos! De acuerdo con la ENVIPE[3], en México durante el 2021, únicamente se inició una carpeta de investigación en el 6.8% del total de los delitos; en comparación, en Sinaloa, en el 96.7% de los delitos no existió denuncia alguna ni una carpeta de investigación. A su vez, el Índice de Transformación Digital de Impunidad Cero[4], señala como indicadores de transformación digital orientados a la digitalización de la procuración de justicia, específicamente en los rubros de plataformas de denuncia en línea, canales alternativos de recepción de denuncias, capacitaciones sobres sistemas de información, sistemas informáticos eficientes y planes de trabajo de transformación digital. Los hallazgos de este estudio visibilizan las buenas prácticas que han sido replicadas en otros estados, como es el caso de la Fiscalía de Nuevo León[5] (94.4%), como la institución de procuración de justicia mejor evaluada en el país en el rubro de transformación digital y como práctica promisoria, la implementación del Sistema de Justicia Digital de la Fiscalía de Chihuahua[6].

 

Sin embargo, más allá de las capacidades tecnológicas de las instituciones de procuración de justicia, debe observarse la capacidad estructural para la atención, gestión y toma de decisiones de la persecución penal, como son las cargas de trabajo por Ministerio Público, que a nivel nacional conforme al informe de Hallazgos 2021 de México Evalúa[7], en promedio asciende a 169 carpetas de investigación y que en comparación con Nuevo León a pesar de estar ubicada en el ranking de transformación digital, la carga de trabajo es superior al 222%, seguido por el estado de Campeche con 152.4%. Otro indicador por observar es la efectividad en la resolución de casos que, a nivel país es tan solo del 15.5% de acuerdo con el IEDF de Impunidad Cero. Lo anterior, sin considerar el archivo temporal, como el principal criterio para la determinación temprana de las investigaciones, en el 56.4% de los casos (Hallazgos 2021).

 

En este sentido, dada la trascendencia de la reforma al CNPP para incorporar el Sistema Único de Carpetas de Investigación, lo urgente será fortalecer las capacidades institucionales a partir del recurso humano y de manera prioritaria, deberá observarse la implementación, así como la supervisión y evaluación de la toma de decisiones orientada a la ejecución efectiva de los planes de persecución penal y los criterios de priorización de casos, para que las investigaciones atiendan al fenómeno criminal más allá de “indicadores o metas de productividad” para que los delitos no queden impunes y la construcción de confianza ciudadana en las instituciones de seguridad y justicia.

 

Finalmente, uno de los principales retos y áreas de oportunidad de las Fiscalías para la implementación del Sistema Único de Carpetas de Investigación, es la obligada coordinación entre Ministerios Públicos y Policías para materializar el mandato constitucional en la investigación del delito considerando los altos índices de impunidad y cifra negra, así como la efectividad en la resolución de casos y la probabilidad de esclarecimiento del delito, que en México no es mayor al 1%. Por lo tanto, un “sistema informático” deberá ser considerado como herramienta para la gestión de la persecución penal, pero no es en sí la solución al problema estructural de la impunidad, ni garantiza por sí mismo el acceso a la justicia.

 

En México, no habrá que improvisar en la implementación del Sistema Único de Carpeta de Investigación pues ya existen precedentes de buenas prácticas como son la Fiscalía Virtual y la carpeta digital de la Fiscalía de Nuevo León en coordinación con la Policía Metropolitana de Investigación, el Sistema Cosmos en Querétaro y la innovación tecnológica de la Fiscalía de Chihuahua a través de Justicia Digital.

 

Sin embargo, será importante que más allá de establecer en los presupuestos del próximo año, las partidas presupuestales para el rubro de equipo de cómputo y tecnologías de la información, la primera prioridad deberá garantizar el acceso a la justicia a partir de priorizar la inversión en el talento humano, particularmente para la contratación de Ministerios Públicos, Peritos y Policías quienes día con día aportan información para la investigación criminal y que será a su vez, el insumo más importante del Sistema Único de Carpetas de Investigación, con el cual, deberá atenderse la obligada rendición de cuentas de forma proactiva en materia de procuración de justicia cuya demanda social es saber qué pasa con la denuncia desde el conocimiento de la noticia criminal, la investigación del delito hasta la toma de decisiones y la resolución de casos.

[1] Cámara de Diputados, Gaceta Parlamentaria. Dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del CNPP, que crean el Sistema Único de Carpetas de Investigación; para consulta en:

[2] Ibidem.

[3] INEGI. Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública 2022; para consulta en:

[4] Impunidad Cero. Índice Estatal de Desempeño de Procuradurías y Fiscalías 2021; para consulta en:

[5] FGJNL. Fiscalía Virtual; para consulta en: https://fiscalianl.gob.mx/servicios/

[6] FGE, Chihuahua. Justicia Digital; para consulta en: http://fiscalia.chihuahua.gob.mx/justicia-digital/

[7] México Evalúa. Hallazgos 2021; para consulta en: