Las violaciones graves de derechos humanos en México. Acercamiento estadístico | Paréntesis Legal

Manuel Jorge Carreón Perea

Una violación de derechos humanos se define en la Ley General de Víctimas[1] como una conducta (acción u omisión) que lesiona injustificadamente, derechos humanos reconocidos en el orden jurídico nacional. El agente activo debe ser, por lo general, un servidor público en el ejercicio de sus funciones o atribuciones, esto es, un agente estatal de cualquiera de los tres órdenes y niveles de gobierno, incluyendo a los que laboran en organismos constitucionales autónomos como las universidades públicas.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contempla una segunda categoría de afectaciones a los derechos humanos a las que el legislador denominó violaciones graves de derechos humanos (VGDH)[2] y sobre las cuales no existe un consenso para determinar cuándo se está ante la presencia de conductas de esta naturaleza. Por lo general, sin que ello implique una postura reduccionista del concepto, se consideran como violaciones graves de derechos fundamentales la tortura, desaparición forzada de personas y ejecuciones extrajudiciales, a las cuales pueden sumarse otras que así sean determinadas por instancias investigadoras.[3]

A pesar de la vaguedad o indeterminación conceptual que arrastran las denominadas violaciones graves, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), haciendo uso de la facultad que se le otorgó con la reforma constitucional de 10 de junio de 2011,[4] ha emitido un total de 138 recomendaciones por VGDH desde el año 2012, en su gran mayoría en contra de autoridades del índole federal (competencia prima facie del organismo), pero en donde también encontramos autoridades del orden local y municipal. Veamos la distribución por anualidad.[5]

Año Recomendaciones
2012 1
2013 0
2014 1
2015 1
2016 1
2017 5
2018 7
2019 15
2020 11
2021 7
2022 36
2023 53
Total 138

Un primer ejercicio consiste en determinar el período de mandato del Ombudsperon en el que se han emitido un mayor número de recomendaciones por VGDH. Salta a la vista que la actual gestión – que inició en noviembre de 2019 – se posiciona como la gestión con mayor incidencia en este rubro alcanzando la cifra de 107[6], mientras que de 2012 a 2019 se registran 31  documentos recomendatorios. Si lo anterior lo traducimos en porcentajes, la CNDH de Rosario Piedra Ibarra ha emitido el 77.5% de las recomendaciones por VGDH, mientras que las de Luis Raúl González Pérez y Raúl Placencia Villanueva, en conjunto, el 22.5%.

¿Esto significa que durante la presente gestión del Gobierno Federal se han cometido más VGDH que en las gestiones previas? No necesariamente, ya que la cifra de 107 recomendaciones representa sólo el número de los instrumentos emitidos entre los años 2019 – 2023, pero los hechos que motivaron el actuar de la CNDH pudieron ocurrir en años diversos. En el período de 2001 a 2006 se contabiliza una sola recomendación emitida por VGDH por hechos violatorios acontecidos en el período. De 2007 a 2012 la cifra aumenta a 43 y en el siguiente (2013 – 2018) la cifra asciende a 53 instrumentos recomendatorios. De 2019 a 2023 el número es de 36, aún por debajo de los dos sexenios previos pero a 9 meses de concluir gobierno, por lo cual la cifra puede incrementar.[7]

Período Recomendaciones por VG
Otros 5
2001 – 2006 1
2007 – 2012 43
2013 – 2018 53
2019 – 2023 36

 Lo anterior resulta importante porque a pesar de la opinión generalizada, el sexenio del presidente Felipe Calderón no es el que acumula un mayor número de hechos violatorios considerados graves, a pesar de que en ese período se intensificó el combate a la delincuencia organizada – no guerra, como muchos propagandistas del escándalo quieren apuntar. Así, en los años recientes el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto es el que alcanza el primer lugar.

Destaca también que en los últimos gobiernos de la Administración Pública Federal (2006 a 2023) se han presentado el mayor número de hechos por violaciones graves que terminaron en una recomendación, lo cual tiene que verse con cautela por las siguientes razones:

  1. Si bien es cierto vivimos un contexto en el que año con año se han incrementado las violaciones a derechos humanos, tanto las que son consideradas como graves como las que no, también lo es que en períodos previos no existía la documentación y seguimiento que actualmente se da a estas conductas.
  2. Es probable que durante el período denominado Guerra Sucia, que se tiende a periodizar desde 1964 a 1985,[8] hayan ocurrido un número mayor de violaciones graves de derechos humanos, sin embargo, la falta de registros oficiales, la opaca actuación de instancias como la entonces Procuraduría General de la República que servía como brazo directo del Ejecutivo Federal, así como la inexistencia de un organismo como la CNDH, provocan que los hechos queden invisibilizados.
  3. Las cifras presentadas sólo exponen los casos en los que la CNDH ha emitido una recomendación por VGDH, dejando de lado aquellas que no fueron denunciadas.
  4. Si consideramos que la desaparición forzada de personas y la tortura son conductas imprescriptibles, entonces hechos que pudieron ocurrir en años anteriores aún pueden ser investigados, lo que incrementaría la cifra.

 

 

[1] Artículo 6, fracción XXI.

[2] Artículos 100, penúltimo párrafo y 102, apartado B, último párrafo de la CPEUM.

[3] Sobre el tema y a efecto de profundizar recomiendo la lectura de mi artículo ¿Cuáles son las violaciones graves a los derechos humanos? aparecido en el número 65 de la Revista Tiempo de Derechos. Disponible en acceso libre en https://www.tiempodederechos.mx/index.php/component/content/article/108-revistas/atrasadas/278-numero-65?Itemid=437.

[4] Reforma al artículo 102, apartado B, último párrafo.

[5] Tabla de elaboración propia con datos obtenidos del portal web de la CNDH https://www.cndh.org.mx/tipo/225/recomendacion-por-violaciones-graves?field_fecha_creacion_value%5Bmin%5D=16-11-2019&field_fecha_creacion_value%5Bmax%5D=&keys=&items_per_page=10&page=0

[6] 16 de noviembre de 2019 al 31 de diciembre de 2023.

[7] Tabla de elaboración propia con datos obtenidos del portal web de la CNDH.  https://www.cndh.org.mx/tipo/225/recomendacion-por-violaciones-graves?field_fecha_creacion_value%5Bmin%5D=16-11-2019&field_fecha_creacion_value%5Bmax%5D=&keys=&items_per_page=10&page=0

[8] https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2022-07/PG_ES_2022.pdf