Cuando una jueza pierde la voz: de Caracas a México, ecos de una justicia que se apaga | Paréntesis Legal

Martha Magaña

 

Mercedes Chocrón Chocrón llegó a los tribunales de Caracas con los ojos llenos de justicia. Había trabajado años en el Poder Judicial venezolano, recorriendo pasillos grises, despachos improvisados y expedientes apilados como montañas. Era una mujer formada en la ley, firme en el derecho, que creía -como tantas juezas- que su independencia era su escudo.

En octubre de 2002 fue nombrada Jueza de Primera Instancia Penal en el Área Metropolitana de Caracas. Un cargo temporal, decía el papel, aunque para ella, era un reconocimiento a su trayectoria, una oportunidad de servir; se le confió la tarea de juzgar, de decidir sobre la libertad o la prisión de otros, con la convicción de que el Estado la protegería a ella, en la misma medida en que ella protegía la legalidad.

Sin embargo, tres meses después, una decisión breve y seca cayó sobre su escritorio: su nombramiento quedaba sin efecto, no había expediente disciplinario, ni audiencia, ni causa. Solo una frase ambigua: “Se resuelve dejar sin efecto la designación de la ciudadana Mercedes Chocrón, en razón de observaciones formuladas ante este despacho.”

Nunca supo cuáles fueron esas observaciones, nadie la llamó a defenderse, nadie le explicó de qué se le acusaba.

Mercedes hizo lo que cualquier jueza entrenada en el respeto a la norma habría hecho: presentó un recurso de reconsideración, lo firmó con el pulso firme, citando artículos, principios, precedentes, lo dirigió a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, el mismo órgano que la había destituido.

La respuesta llegó meses después: bajo el sentido “sin lugar”. Le dijeron que su designación era “discrecional”, que al ser “temporal” no gozaba de estabilidad, y que, por tanto, podía ser revocada por “motivos de oportunidad”.

Esa palabra -oportunidad- se clavó en su conciencia como un eco, en el lenguaje burocrático, la “oportunidad” no tiene rostro, no tiene cuerpo, no necesita pruebas, es la máscara elegante de la arbitrariedad.

Mercedes insistió e hizo valer su derecho, impugnó ante la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo y ahí escuchó la sentencia final: los jueces provisionales no tienen derecho a la estabilidad; su nombramiento, dijeron, puede ser retirado del mismo modo en que se otorga: por decisión.

Dejó el juzgado, su escritorio, los expedientes abiertos, las causas a medias, salió de su oficina sin saber por qué.

Pasaron los años y Mercedes decidió llevar su causa más allá de sus fronteras, acudió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que en 2009 sometió su caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

El 1 de julio de 2011, la Corte emitió su sentencia: Venezuela era responsable por la violación de los derechos a las garantías judiciales, a la protección judicial y a los derechos políticos de Mercedes Chocrón.

La Corte señaló algo esencial: ser juez temporal no significa ser juez sin derechos.

Los Estados pueden reorganizar sus sistemas judiciales, sí, pero no pueden hacerlo pisoteando los derechos básicos de quienes imparten justicia.

El Tribunal fue contundente: ninguna reforma, transición o proceso de reestructuración puede justificar que un juez o jueza sea removido sin procedimiento, sin motivación y sin posibilidad de defensa.

La estabilidad judicial no es un privilegio, es una condición indispensable para que exista independencia.

La sentencia no solo restituyó la dignidad de Mercedes; también dibujó un límite, el que separa la transformación legítima del abuso disfrazado de transformación.

El caso de Mercedes no fue aislado, en el año 2010, el propio Tribunal Supremo de Venezuela reportó que más del 56% de los jueces del país eran provisorios o temporales, la “reestructuración del Poder Judicial” que había comenzado en 1999 se había convertido en un sistema donde casi nadie tenía estabilidad.

El poder de nombrar y destituir recaía en una Comisión Judicial integrada por magistrados del Supremo, que operaba sin control, sin transparencia y, con frecuencia, bajo el vaivén político.

La Corte Interamericana describió ese fenómeno con claridad: una provisionalidad endémica que debilitó la independencia judicial y abrió las puertas a la arbitrariedad.

Mercedes Chocrón se volvió un símbolo, una jueza que fue juzgada sin juicio, una voz que se atrevió a cuestionar un sistema donde la discrecionalidad se volvió norma.

Catorce años después de aquella sentencia, la historia parece repetirse, ahora a más de tres mil kilómetros de Caracas.

En 2024, México emprendió una reforma judicial “histórica” por su bajeza, maquillada con el argumento de democratizar y transformar la justicia, más de 1,800 jueces y juezas federales fueron cesados.

La carrera judicial, construida durante décadas con base en méritos y exámenes de oposición, fue disuelta en cuestión de semanas.

El nuevo modelo dispuso que los nuevos juzgadores sean elegidos por voto popular, que desaparezca el Consejo de la Judicatura Federal y que un Tribunal de Disciplina Judicial concentre las facultades de vigilancia y sanción.

En el discurso oficial, se trata de una “transformación” necesaria. En los hechos, miles de carreras fueron interrumpidas sin causa individual, sin procedimiento previo, sin derecho de defensa, con un único objetivo tomar el control del único partido que ponía limites bajo el amparo de la ley, a las argucias del oficialísimo.

Los jueces y juezas que durante años obtuvieron su cargo mediante rigurosos exámenes de conocimiento, trayectoria académica y formación profesional fueron sustituidos por personas que, han evidenciado su incapacidad jurídica en audiencias públicas que quedarán registradas en la historia como testimonio de una crisis institucional.

Las similitudes con el caso Chocrón son inquietantes, en ambos contextos: a) el lenguaje de “la transformación” se utilizó para justificar la remoción masiva, b) la promesa de modernizar la justicia terminó convirtiéndose en un proceso que erosionó la independencia judicial, c) el Estado asegura que la medida es transitoria, necesaria e inevitable y, d) son los jueces -las mujeres y hombres de toga- quienes terminan perdiendo su voz.

El derecho internacional, desde el caso Chocrón, establece que los jueces y juezas no puede ser removidos sin causa legal ni procedimiento y que la estabilidad judicial no es un privilegio, sino una garantía institucional.

Sin embargo, las nuevas normas mexicanas no establecen procesos individualizados para evaluar a quienes son separados de su cargo, los ceses son automáticos, generalizados, sin motivación ni defensa.

No es casual que las reformas judiciales más radicales de América Latina surjan en momentos de tensión entre el poder judicial y el poder político. En Venezuela, la reestructuración de 1999 fue presentada como una “purificación” del sistema, en México, se argumenta que es una “transformación” de la justicia.

Pero en ambos casos, el efecto inmediato es el mismo: los jueces pierden autonomía frente al poder político.

La independencia judicial no depende sólo de la buena voluntad de los gobernantes, sino de reglas claras de permanencia, de protección contra la destitución arbitraria y de recursos efectivos para impugnar decisiones injustas.

Sin esos pilares, la justicia deja de ser poder y se convierte en administración de los gobernantes, así los jueces dejan de ser garantes del derecho para transformarse en funcionarios que se someten al sistema político, para sostener sus puestos.

En 2011, la Corte Interamericana advirtió que la provisionalidad judicial puede convertirse en una herramienta de control político.

Catorce años después, México enfrenta un escenario donde el relevo masivo de jueces y juezas por razones estructurales produce el mismo efecto: desmantelar la independencia en nombre de “la transformación”.

Hoy, como entonces, miles de juezas y jueces salen de sus oficinas con libros bajo el brazo, dejando tras de sí miles de sentencias dictadas con total independencia, procesos suspendidos, vidas profesionales truncadas.

Al igual que Mercedes, muchos de ellos caminan en silencio, sin prueba de acusación y bajo la sombra de dos poderes que se fusionaron en uno solo para pintar de guinda las togas y hacer suya la “justicia”.

¿Te suena conocido?, Una jueza removida sin causa; un poder judicial transformado en nombre del cambio, un Estado que llama “voto popular” a los acordeones de aleccionamiento, “transformación” al despojo, “democratización” al control.

El eco del caso Chocrón Chocrón resuena hoy en los pasillos de los tribunales mexicanos. La historia no se repite de la misma forma, pero repite sus advertencias.

La independencia judicial no se pierde de un día para otro: se erosiona poco a poco, con cada nombramiento discrecional, con cada remoción sin procedimiento, con cada silencio institucional, y cuando una jueza o un juez -en Caracas o en México- son despojados de su cargo sin explicación, no son ellos quienes pierden.

Pierde todo un país su certeza de justicia.

Mercedes Chocrón encontró justicia fuera de su país, pero decidió no volver a su juzgado, su nombre hoy es jurisprudencia, estándar, memoria.

Juezas y jueces mexicanos cesados, han dado el paso internacional, para dejar marcado en la historia que el oficialísimo creo una reforma que prometió transformar la justicia, pero terminó debilitándola a base de populismo y oportunismo.

La pregunta sigue abierta: ¿Podrá un sistema judicial seguir llamándose independiente cuando sus jueces responden al oficialismo?

 

 

 

Referencias

Sentencia Chocrón Chocrón vs. Venezuela, Corte IDH (1 de julio de 2011).

Convención Americana sobre Derechos Humanos: artículos 8, 25, 23, 1.1, 2.

Principios básicos de independencia judicial de la ONU.

Diario Oficial de la Federación Reforma Constitucional de 15 de septiembre de 2024.