La licencia laboral por duelo gestacional y perinatal en México: un derecho aún no reconocido | Paréntesis Legal

Karime Athie Ortiz

 

El 8 de marzo se conmemora el Día Internacional de la Mujer como resultado de la lucha histórica por la igualdad, los derechos laborales y sociales, así como la no discriminación y violencia hacia las mujeres.

Uno de los hechos que marcó la historia fue el sucedido el 25 de marzo de 1911 en la fábrica “Triangle Shirtwaist” de Nueva York, en donde más de 140 mujeres trabajadoras murieron debido a condiciones laborales inseguras, evidenciando la discriminación y explotación laboral a la que eran sometidas.

Es importante reconocer los avances en materia laboral como consecuencia de la lucha incansable de las mujeres desde 1908, año en el que se registró la primera protesta de más de 15,000 mujeres exigiendo mejores condiciones laborales. No obstante, es necesario señalar que aún falta mucho camino por recorrer, un ejemplo de ello, es la gran brecha salarial, así como las desigualdades laborales que siguen permeando en el ámbito público y privado.

La protección de los derechos laborales de las mujeres debe incluir integralmente todos aquellos referentes a la salud reproductiva, y por ende el derecho a una licencia laboral en caso de luto gestacional y perinatal.

En 2023 se registraron 23 mil muertes fetales, el 81 por ciento sucedieron previo al parto, y el 19 por ciento durante el parto. Estas cifras visibilizan el gran número de personas que transitan por esta situación; muchas veces obligadas a regresar a laborar inmediatamente y sin algún tipo de apoyo psicológico; procesando el duelo en completo silencio.

Actualmente la Ley Federal del Trabajo (LFT) no reconoce expresamente la licencia laboral por duelo gestacional o perinatal, solo estipula la licencia por maternidad, es decir, cuando hay nacimiento, así como la incapacidad en caso de aborto u otra complicación. También reconoce la incapacidad temporal por aborto espontáneo, pero como un padecimiento físico, no como un duelo gestacional o perinatal.

Desde el punto de vista de los derechos humanos, el duelo gestacional y perinatal implica el ejercicio de los derechos de las mujeres a la salud física y mental, así como, a la no discriminación y protección de la maternidad.

Por otra parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reconocido la obligación del Estado de garantizar la protección integral de la salud de las mujeres, incluyendo la salud mental, lo que supone una interpretación no explicita en la ley al reconocimiento del duelo gestacional o perinatal.

En algunas entidades federativas como el Estado de Morelos, se ha reformado la Ley del Servicio Civil del Estado, con la finalidad de que las mujeres trabajadoras al servicio del Estado puedan ausentarse 40 días con goce de sueldo tras sufrir una pérdida gestacional o perinatal.

A pesar de ello, es imperante que se realicen las modificaciones a la LFT y leyes secundarias. Al respecto, tanto en el Congreso de la Unión, como en el Senado de la República, se han presentado diversas iniciativas, mismas que hasta el momento no han sido dictaminadas.

En 2023, el Senado de la República aprobó el dictamen de la “Ley de Cunas Vacías”, que plantea reformas a la Ley General de Salud, la LFT y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, para establecer atención digna ante la muerte gestacional o perinatal, así como permisos laborales de duelo para madres y padres.

La “Ley Olivia”, es una iniciativa que tuve la oportunidad de seguir muy de cerca; impulsada por la diputada Mariana Nassar en 2023 para visibilizar y atender con criterios humanos, dignos y profesionales el duelo de madres, padres y familias que pierden a una hija o hijo durante el embarazo o en las primeras etapas de vida; también menciona atención integral, áreas especiales en los hospitales para el duelo y la unificación de criterios y protocolos médicos.

La aprobación de esta licencia no es solo un permiso laboral; es el reconocimiento jurídico del derecho a vivir el duelo con dignidad y sin perder la estabilidad laboral y económica, es por ello, la necesidad de exhortar firmemente a las y los legisladores de todas las fracciones parlamentarias para que se dictaminen las iniciativas en turno y se reformen y homologuen las legislaciones aplicables.

Finalmente, quiero reconocer y enfatizar el incansable trabajo y esfuerzo de las madres y padres, colectivos y organizaciones de la sociedad civil, quienes con todo el dolor que implica la perdida de una hija o un hijo, han decidido emprender un camino legislativo para el reconocimiento de los derechos de las personas que atraviesan este tipo de situaciones que marcan una huella muy profunda.