El canto de las sirenas y la importancia del precompromiso | Paréntesis Legal

El canto de las sirenas y la importancia del precompromiso.

Lic. Diana Gamboa Aguirre.

 

En líneas siguientes expondré cómo es que las crisis que actualmente enfrenta nuestro país se han erigido en un latente riesgo para nuestra -perfectible- democracia. La tentación de captura de poder para el Gobierno en turno se ha hecho patente mediante diversos intentos deliberados de abstraerse del cumplimiento con el régimen constitucional preestablecido.

Para lo anterior, resulta útil referirnos a la conocida metáfora del constitucionalismo moderno a partir de la narrativa de Ulises y las sirenas. Esto, en el contexto del precompromiso que entiende a la Constitución como la institucionalización de la desconfianza. La manifestación normativa de los principios y reglas mínimas e indispensables para el adecuado desarrollo democrático. Expuesta dicha referencia, se desarrollará su contenido desde la perspectiva constitucional.

 

Finalmente se plantean tres ejemplos de cómo los funcionarios del actual Gobierno Federal han cedido ante la tentación de abstraerse de los contenidos constitucionales reconocidos como fundamentales en tiempos ordinarios. Esto, bajo la pretendida justificación de que nos ubicamos en un contexto extraordinario derivado de las crisis que enfrentamos como país.

A. El precompromiso[1]

 

Después de combatir, Ulises debe regresar a su reino en Ítaca. Su esposa Penélope lidia con distintos pretendientes, quienes le insinúan que su marido había perecido en la guerra, por lo que debía elegir a alguien más con quien casarse y que asumiera el trono en su lugar.

La ruta más rápida para que Ulises llegara a casa era la línea recta; sin embargo, ello implicaba que debía navegar por donde estaban las sirenas. Estos seres emitían un canto hipnotizante que hacía ceder ante la tentación a los marinos que lo escuchaban y los dirigía hacia ellas, quienes los llevaban al fondo del mar sin que pudieran volver nunca a casa.

Otra alternativa era una ruta más larga, que retrasaría a Ulises por varios meses con el riesgo de perder a su esposa y su reino. Así, implementa lo que se ha denominado la estrategia del precompromiso.[2]

La idea consiste en ubicarse en un “tiempo uno” e imaginarse en un “tiempo dos”, en el que se visualiza un fin, resultado o conducta que se reconoce como deseable. Sin embargo, se acude a una acción externa para asegurar que se alcance el tiempo dos, al reconocer que difícilmente el sujeto dejado a su suerte podrá cumplir con el resultado o la conducta deseada, por la debilidad de que puede ser víctima en el tránsito hacia el fin preestablecido.

La acción externa y observable ha de poder corregir el camino de modo que el sujeto transite adecuadamente del tiempo uno al tiempo dos, sin incurrir en debilidad. Así, Ulises indica a sus marinos que deberán amarrarlo al mástil del barco y ellos habrán de cubrir sus oídos con cera para evitar escuchar el canto de las sirenas. Él sí podrá escuchar por estar atado.

Ulises advierte a sus marinos que no deberán hacer caso a las órdenes que les de mientras escucha el canto de las sirenas. Tienen la obligación de desobedecerlo, pues la tentación provocada por los seres marinos lo hará desear navegar en la dirección equivocada.

B. La metáfora

 

A partir del uso análogo de la historia de Ulises, la Constitución ha de entenderse como el mástil al que se sujeta la democracia, para no ceder ante las sirenas. En ese sentido, para quienes detentan el poder el canto hipnotizante son las crisis, que se erigen en tentación de pasar por encima de los principios constitucionales preestablecidos.

 

Esa tentación se puede ver reflejada de distintas formas: relajar el debido proceso, aumentar los supuestos de prisión preventiva oficiosa y un largo etcétera. Consiste en atentar contra aquellos fines, conductas y resultados que se determinaron como deseables en el tiempo uno y que deben cumplirse para llegar al tiempo dos.

 

Desde una perspectiva constitucional, distinguiríamos los elementos siguientes:

 

i. El “tiempo uno” sería el momento constituyente fundacional, en el que se imagina una sociedad democrática y se establecen los principios a los que habremos de ajustarnos para alcanzarla.

 ii.El “tiempo dos” constituiría el cumplimiento o la realización plena de los principios fijados en el tiempo uno. El ideal a alcanzar.

iii. Como ya se expuso, el canto de las sirenas representa las distintas crisis que puede enfrentar una sociedad.

iv. Por su parte, el mástil y las cuerdas son la implementación de una estrategia mediante la cual la sociedad se auto limita. Aquel conjunto de principios y reglas fundamentales que pretenden garantizar la estabilidad de la democracia. En tal sentido, la Constitución se erige como la acción externa y observable que en última instancia se traduce en normas jurídicas tutelables.

 

Dicho de otra manera, el precompromiso se entiende como una autolimitación eficiente que garantiza el cumplimiento de los principios que socialmente se han reconocido como fundamentales y necesarios en una democracia.

C. Las crisis actuales

 

Hoy en día observamos el desarrollo de al menos dos crisis de gran impacto para México. Primero, la emergencia sanitaria por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), cuya atención ha sido contraria al régimen establecido en la Constitución General y ha demostrado resultados deficientes. Por otro lado, una severa crisis económica que, si bien precede a la emergencia de salud, se agudizó por tal motivo.

 

El precompromiso era claro, en materia de salud se requería el cumplimiento de al menos tres conductas mínimas: (i) la integración oportuna del Consejo de Salubridad General, desde que se tuvo conocimiento del riesgo; (ii) las medidas inmediatas que debían dictarse a partir del análisis de la mejor información disponible respecto de la emergencia sanitaria que se avecinaba; y (iii) la implementación de una estrategia integral y congruente en todos los órdenes y niveles de gobierno.

 

En materia económica las posibilidades eran diversas. Lo óptimo habría sido destinar recursos a proteger el empleo y preservar las empresas que garantizan tal derecho. Era necesaria la aplicación de un plan emergente para gestionar los recursos públicos de modo que el impacto de la pandemia fuera menor, especialmente para pequeñas y medianas empresas.

 

Nada de ello ha sucedido. El Gobierno en turno cedió a la tentación ante las crisis y se abstuvo de activar los mecanismos constitucionales aplicables, tanto para atender la situación sanitaria, como para mitigar la crisis económica.

 

En meses recientes hemos visto los constantes intentos del Gobierno en turno para liberarse de las ataduras que le sujetan al mástil. Esfuerzos constantes por abstraerse del cumplimiento con los principios y reglas constitucionales que fungen como limitaciones al uso arbitrario del poder. Van algunos ejemplos:

 

i. Medidas de austeridad. El 23 de abril de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Decreto presidencial que pretende atribuir al presidente la facultad de “reorientar” recursos asignados en el presupuesto de egresos de la federación (PEF). Esto conlleva facilitar -aún más- el uso arbitrario de los recursos públicos de que dispone el ejecutivo.[3]

Nuevamente, el precompromiso es claro y se pretende incumplir. En términos constitucionales, es la representación popular (Diputados) quien mediante la aprobación del PEF detenta la facultad exclusiva de determinar cómo ha de gastarse el dinero público. Al ejecutivo federal únicamente le corresponde enviar anualmente su proyecto a la Cámara de Diputados y ejecutar los recursos en los términos en que se apruebe en sede democrática.

ii. Ataque al árbitro electoral. En distintos momentos el presidente de la república ha puesto en duda la legitimidad y honradez de los integrantes del Instituto Nacional Electoral. Recientemente refirió que sería él quien se convirtiera en “guardián” del derecho de los ciudadanos para elegir libremente a sus autoridades.[4]

 

La intención de capturar al árbitro de las elecciones es clara. A pesar de que la norma fundamental dispone todo un andamiaje normativo que pretende garantizar la imparcialidad e independencia del órgano constitucionalmente autónomo designado para la organización y desarrollo de los procesos electorales.

 

iii. Asediando la libre expresión. Entre tantos ejemplos, hay un hecho reciente que destacó por los personajes involucrados. Se difundió en distintos medios de comunicación un texto titulado “Contra la deriva autoritaria y por la defensa de la democracia”, signado al calce por un grupo de figuras públicas integrado por intelectuales, políticos de oposición y otros ciudadanos.[5]

 

Al día siguiente de que se publicó dicho texto, el presidente respondió con una misiva titulada “Bendito coraje”.[6] Más allá de los detalles, en su comunicación el titular del ejecutivo federal procedió con descalificaciones y acusaciones hacia los particulares que formularon un legítimo cuestionamiento relativo a la falta de pluralidad en el Congreso por parte del movimiento político que encabeza el presidente.

 

Una vez más, el precompromiso se hace presente, así como la intención de evadirlo. El acuerdo democrático fue y sigue siendo que las autoridades habrán de abstenerse de limitar la libre expresión de ideas, incluso de manera indirecta. Un límite indirecto a este derecho se actualiza cuando desde el poder se insulta y acusa sin pruebas a quienes se atrevan a cuestionar el modo de gobernar.

 

Ejemplos como los previos hay muchos. Sin embargo, el punto del presente texto es evidenciar que hoy la tentación de desconocer las limitaciones y directrices preestablecidas en el texto constitucional se hace patente frente a las distintas crisis que enfrenta nuestro país. Los intentos gubernamentales de desatarse del mástil son cada vez mayores y más evidentes.

 

Quienes confiamos en el Estado de Derecho como elemento esencial de una sociedad democrática funcional debemos permanecer vigilantes y señalar cada intento de ceder ante la tentación por parte de las autoridades. Como sociedad, hemos de exigir el cumplimiento con el precompromiso que establecimos en nuestra norma fundamental.

 

La eficacia normativa de la Constitución garantiza que continuemos el rumbo de la democracia. Esto, en oposición a la pérdida de dirección y sentido que se genera cuando anulamos o desconocemos los límites que en tiempos ordinarios reconocimos como fundamentales.

[1] García Sarubbi, David. Redistribución del poder, órganos constitucionales autónomos. Maestría en Derecho Constitucional. Escuela Libre de Derecho. Ciudad de México. Clase de 19 de febrero de 2019.

[2] Elster, Jon. Don’t burn your bridge before you come to it: Some Ambiguities and Complexities of Precommitment. 81 Tex. L. Rev. 1751 (2003)

[3] V. https://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/?p=11521

[4] V. https://www.forbes.com.mx/politica-ine-responde-al-presidente-ya-existe-un-guardian-de-las-elecciones/

[5] V. https://www.reporteindigo.com/reporte/krauze-castaneda-y-otros-intelectuales-denuncian-deriva-autoritaria-de-amlo/

[6] V. https://presidente.gob.mx/wp-content/uploads/2020/07/15-07-2020-CARTA-RESPUESTA-1.pdf