Función judicial y cultura de la legalidad | Paréntesis Legal

René Rubio Escobar

En su libro “Gomorra”, Roberto Saviano desarrolla un relato acerca de la forma en que la mafia y su estructura de crimen organizado penetró en diferentes ámbitos de la economía y la sociedad (napolitana principalmente). En uno de los pasajes de esa obra describe la aparente fascinación e incluso hasta una especie de orgullo de la familia, cuando sus miembros jóvenes hayan logrado un lugar en la Camorra, con todo lo que ello representa (una posición social, económica, política y sobre todo de impunidad).

La idea de que transitar con éxito los caminos para alcanzar un sitio importante en un ambiente de ilicitud es un motivo de satisfacción equiparable al ejercicio profesional, no es más que el signo inequívoco de que la sociedad donde ello ocurre se encuentra en declive.

Pero ¿qué es lo que puede conducir a las personas a ver de ese modo que se haya elegido una vida basada en la deshonestidad, con rostro de fortuna y sagacidad? La respuesta a esa pregunta necesariamente pasa por saber qué rasgo de una vida conforme con la ley, el respeto a las instituciones del Estado y a la convivencia en sociedad, desagrada o desincentiva a intentar conseguirla. En contrapartida, la respuesta también está en saber qué es lo que atrae al ser humano a delinquir.

Como el problema descrito por Saviano es social, porque no solamente afectaba a ciertos individuos en particular sino a una colectividad, es importante saber cuál es la actitud de ese grupo social frente al orden jurídico.

La cultura de la legalidad:

“… es el conjunto de conocimientos, creencias, usos y costumbres, símbolos, etc., de los miembros de esa comunidad en relación con los aspectos de la vida colectiva que tienen que ver con las normas jurídicas y su aplicación. Se refiere al posicionamiento de los integrantes del colectivo ante el conjunto de objetos sociales específicamente jurídicos en esa comunidad”[1]    

De acuerdo con ese concepto, dicho tipo de cultura se trata de una manera de situarse frente a la normatividad y su aplicación, es lo que piensa y hace una sociedad frente al orden jurídico, siempre bajo la perspectiva de que el cumplimiento de la ley, de las obligaciones, así como el respeto de los derechos de los demás, son características de una cultura fortalecida. La consolidación de esa postura social frente al Derecho necesariamente involucra a las instituciones del Estado, precisamente porque su vocación política (entendida como el modo de ejercer el poder para beneficio social), entraña como uno de sus principales objetivos, incentivar aquellas conductas.

Una de las principales instituciones que contribuye a lograr una sociedad que vive en la legalidad es el Poder Judicial, ya que mediante el ejercicio de sus funciones soluciona los conflictos existentes tanto entre particulares como entre entes del propio Estado a través del Derecho.

El proceso judicial es una manifestación auténtica de la civilidad, donde las disputas se resuelven a través de mecanismos ordenados por reglas y principios, que permiten a cada una de las partes defender su postura y en caso de resultar adverso el resultado, conocer los fundamentos y motivos de la decisión. Ese es el primero de los aspectos en los que los tribunales inciden en la conformación de la cultura de la legalidad: observando y aplicando con imparcialidad las reglas procesales y sustantivas, resolviendo los conflictos con apego al Derecho, dando a conocer los motivos de sus decisiones y buscando su ejecución oportuna.

Desde otra perspectiva, el Poder Judicial también coadyuva a conformar una cultura de observancia de la ley cuando sus miembros se conducen en esos términos. La investidura de la persona juzgadora le impone una gran cantidad de deberes éticos cuyo cumplimiento debe ser percibido por las personas que acuden como usuarios del servicio de administración de justicia, y en general, por todo aquel que interactúe con quienes se encargan de prestarlo.

En otras palabras, la forma en que las personas juzgadoras se conducen en el ejercicio de su encargo y también en su vida diaria, es un modo efectivo de que se forme la idea en la colectividad (a partir de vivencias) de que el Derecho es un instrumento social efectivo y que puede palparse no solamente cuando se dicta una sentencia, sino cuando se asume una conducta conforme con la normatividad. La percepción general de que las normas se cumplen y que cuando ello no sucede hay una consecuencia, es una gran herramienta para consolidar la cultura a la que me he referido.

Es aquí donde podemos retomar la pregunta sobre qué es lo que una sociedad ve en una vida conforme a la ley, que le puede resultar poco atractiva y prefiere considerar como algo relevante que una persona joven se haya integrado a las filas del crimen organizado en alguno de sus peldaños, como sucede en la historia de “Gomorra”: La percepción de que las normas jurídicas no tienen una conexión palpable con las relaciones entre particulares y con el propio Estado, es una de las principales razones para no conformar una cultura de la legalidad.

De ahí la necesidad de que el trabajo de quienes imparten justicia sea conocido, tenga expresiones materiales (ejecución oportuna) y, a partir de resoluciones que legitimen su actuación, de ese modo motive una forma especial de actuar de la sociedad. Pero no todo queda ahí, porque no siempre ni todas las personas tienen contacto con el poder judicial en todo momento.

Es en este punto donde resulta relevante fortalecer la imagen de la persona juzgadora: dando a conocer sus resoluciones y robusteciendo la idea de que es un servidor público con funciones importantes para la vida en sociedad, afianzando de esa manera la asociación conceptual entre los tribunales y un Estado de Derecho.

Karl Olivecrona, filósofo del Derecho de origen sueco, autor de Lenguaje jurídico y realidad, al explicar el fenómeno jurídico a partir de las conexiones psicológicas entre el lenguaje y las acciones de las personas, se refirió a la forma en que la sociedad asume o interioriza el contenido de las normas jurídicas; pone el ejemplo en torno a la afirmación de que cierta persona es propietaria de un predio, lo que denota el carácter permisivo entre esa persona y el bien, así como el carácter prohibitivo entre ese bien y el resto de las personas que no ostentan tal propiedad:

“… lo que funciona de esta manera es la frase misma. Está presente en la mente y provoca una cierta conducta. Para tener esa función, no necesita expresar noción alguna. Las luces verdes y rojas no representan nociones. Son signos que tienen una función social porque a la gente se le ha enseñado a reaccionar con respecto a ellos de determinada manera; la luz roja provoca que el conductor detenga su coche.”[2]

Considerando la fuerte conexión psicológica que existe entre el lenguaje y la forma de actuar, tratándose de las instituciones jurídicas, como las describe Olivecrona, resulta que no solamente el ejercicio de la función en estricto apego a la normatividad -al igual que los valores éticos propios de la judicatura- es suficiente para generar la convicción social que motive la acción en torno a la función jurisdiccional, como extensión del orden jurídico; también es indispensable reforzar con acciones y lenguaje, el signo de autoridad apoyada en la razón y el Derecho que debe distinguir a las personas juzgadoras.

Es por ello que uno de los elementos indispensables para consolidar una cultura de la legalidad, tratándose de los tribunales, radica tanto en el ejercicio adecuado de sus funciones, como en la consideración y fortalecimiento de su imagen a nivel colectivo; cuando esa imagen es afectada, se demerita o se denuesta (sobre todo frente a aquellos que no han conocido directamente la labor de la persona juzgadora) el efecto es precisamente contrario y abona al debilitamiento de esa cultura a la que todos aspiramos.

Probablemente en la sociedad a que se refirió Saviano, las nuevas generaciones crecieran idealizando a quien había logrado amasar una fortuna, siempre bajo el signo de la astucia que representa quebrantar la ley y salir avante, o bien, se les hubiese hecho creer que la ley no es más que otro convencionalismo negociable. Incluso, generar la idea de que los tribunales no son aptos para resolver adecuadamente una controversia (bien sea atribuyendo ligeramente defectos al sistema judicial o a quienes ejercen la función de juzgar), disminuye la confianza en el Derecho; no es este (nunca ha sido) un escenario deseable.

[1] Salazar, Pedro, “Democracia y (Cultura de la) Legalidad”, México, IFE, 2006, p. 7. citado en Nociones básicas de Cultura de la Legalidad y Estado de Derecho, Cultura de la Legalidad y Estado de Derecho (eluniversal.com.mx)

 

[2] OLIVECRONA, Karl, Lenguaje Jurídico y realidad. Editorial Fontamara. Décima edición. México. 2013.  pp. 55-56.