Hacia el fortalecimiento de la Propiedad Industrial en México: la reforma a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial | Paréntesis Legal

Santiago Nieto Castillo

 

 

Algo que caracteriza la realidad jurídica mexicana es su capacidad de innovar y proponer nuevas formas de entender los fenómenos jurídicos, así como su adaptación a dinámicas que impliquen mayores beneficios para las personas, sobre todo de sus derechos humanos.

Recordemos que figuras tan emblemáticas como el amparo, el reconocimiento de derechos sociales –como la educación y el trabajo en los artículos 3 y 123 de la Constitución de 5 de febrero de 1917–, así como la noción de control de convencionalidad –desarrollada, principalmente, por un gran jurista como Sergio García Ramírez– son signo inequívoco de que nuestro país es cuna de ideas y figuras jurídicas que trascienden fronteras.

La dinámica jurídica se asocia, por supuesto, al campo de lo social. Así, durante el sexenio del presidente Andrés Manuel López Obrador se gestaron importantes cambios sociales, políticos y jurídicos en nuestro país, dando pie a un proceso de transformación de la realidad nacional.

En el ámbito legislativo, además de sendas reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) en diferentes materias enfocadas en asegurar una sociedad igualitaria y equitativa, durante el sexenio 2018-2024 se logró la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) el 1° de julio 2020, casi tres décadas después de que entró en vigor la Ley de la Propiedad Industrial (27/06/1991).[1]

La publicación de la LFPPI constituyó un parteaguas para la promoción y protección industrial en nuestro país, asegurando que México contara con legislación actualizada en una materia que se caracteriza por la innovación y constante desarrollo, y que en los últimos años se ha colocado como prioritaria para nuestro país.

Así, en concordancia con los objetivos presentados por el gobierno de México, tanto en el Plan México como en el Plan Nacional de Desarrollo 2025– 2030, en lo concerniente al impulso del desarrollo tecnológico y la innovación en sectores estratégicos, así como al fomento de la transferencia tecnológica, del conocimiento y la protección de los derechos de propiedad industrial, el pasado 15 de septiembre la Presidenta de la República, doctora Claudia Sheinbaum Pardo, presentó ante el Senado de le Republica la “Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial en materia de transferencia de tecnología y para simplificar el proceso de protección de patentes y registros”.

La Iniciativa –que se anunció como parte de los 18 programas y acciones del Plan México en abril del presente año, específicamente en el punto 15 “Mayor inversión para investigación científica y tecnológica, así como simplificación de tiempos para registros de patentes[2] surge de la necesidad de reforzar el marco jurídico de la materia y las facultades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), con el fin de asegurar su actuación y generar certeza jurídica a todas las personas que utilizan los servicios del Instituto, garantizando así que el ejercicio de sus derechos no se encuentre limitado por obstáculos normativos o administrativos.

La reforma tiene como una de sus finalidades armonizar y cumplir con compromisos internacionales asumidos por el Estado Mexicano, incorporando un lenguaje inclusivo acorde a lo que mandata el artículo cuarto de la CPEUM en materia de igualdad sustantiva, porque “lo que no se nombra, no existe”. Así, desde la base primaria que significa el lenguaje, se pretende desarrollar y fortalecer una cultura igualitaria e incluyente.

Asimismo, pretende asumir retos internacionales mediante el establecimiento de que el uso de la Inteligencia Artificial para cometer cualquier conducta infractora en materia de propiedad industrial también será sancionado. Esto significa un gran avance para lograr una mayor protección a los derechos intelectuales de las personas –reconocidos como tales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos– acorde a una realidad cambiante y que nos presenta retos y desafíos a diario.

La iniciativa propone la promoción de sistemas compliance preventivo orientado al cumplimiento voluntario, así como el impulso a la transferencia tecnológica y a la innovación, y la atención a estrategias publicitarias de competencia desleal o Ambush Marketing.[3]

Los aspectos medulares de la reforma se centran en los siguientes puntos:

La consolidación institucional del IMPI como instancia clave para el desarrollo inventivo en el país, mediante el fortalecimiento de sus facultades para la promoción, fomento y difusión de la transferencia tecnológica, el establecimiento de esquemas de cooperación con actores clave como la Secretaría de Ciencias, Humanidades, Tecnología e Innovación, así como brindar asesoría jurídica y prestar servicios de evaluación y valuación de activos intangibles, entre otras.

De acuerdo con la reciente publicación de la Ley Nacional para la Eliminación de Trámites Burocráticos, es necesario impulsar la simplificación y agilización de los procedimientos relativos al registro de marcas, patentes y demás figuras de protección de la propiedad industrial, lo cual es parte integral del proyecto de la reforma.

También está presente la incorporación de la solicitud provisional de patentes en México, el restablecimiento de derechos y la restauración de un derecho de prioridad; así como el procedimiento administrativo de reclamo de la titularidad de patentes, registros de modelo de utilidad o de diseños industriales. Así, se da un robustecimiento íntegro al sistema de patentes.

Además, al incluir mecanismos para la protección de derechos –como el restablecimiento de derechos y la restauración de un derecho de prioridad– en la Ley, permitirá a México adherirse al recién aprobado Tratado de Riad sobre el Derecho de los Diseños (DLT), así como implementar la aplicación de ciertas reglas del Tratado de Cooperación de Patentes (PCT) que el Estado mexicano se vio en la necesidad de reservar dada la incompatibilidad con la legislación nacional cuando se adhirió al Tratado.

El tema de marcas también se ve consolidado, ya que la iniciativa prevé un reconocimiento de marcas de posición, de movimiento y multimedia, así como la determinación de elementos no registrables.

Para dar pasos en el marco de un gobierno digital, se contempla la inclusión de la figura de procedimientos de declaración administrativa de infracción por medios electrónicos.

Es imprescindible destacar el compromiso del IMPI de posicionar a México como una potencia tecnológica y de innovación,[4] pues en el año 2024 se otorgaron 700 patentes a personas mexicanas, y en lo que va del año 2025 se han concedido más de 805 patentes nacionales marcando un récord histórico, amén de contar con alrededor de 750 solicitudes de invenciones en proceso, lo cual evidencia el esfuerzo sostenido del Instituto en coordinación con la Secretaría de Economía, por asumir los retos para el desarrollo nacional.

Asimismo, constituye un esfuerzo sin precedentes agilizar los trámites de protección de derechos de propiedad industrial y posicionar a México como un país que alinea objetivos científicos y económicos, pues en coordinación con la Secretaría de Economía y en colaboración con instituciones públicas, privadas y mixtas, la reforma busca fortalecer y afianzar las redes de cooperación interinstitucional y estrategias que impulsen el avance tecnológico, así como la transferencia de conocimientos y tecnologías, ello en consonancia con los compromisos[5], objetivos y metas de la actual administración, orientada hacia el desarrollo de una cultura de innovación en beneficio del pueblo mexicano.

Contar con este marco jurídico actualizado permitirá que nuestro país se vaya posicionando como un referente regional en materia de protección a la propiedad industrial, la cual encuentra grandes retos en el marco de un mundo globalizado y una economía de mercado basada en la importación y exportación de productos.

[1] Sobre la historia de la regulación de la propiedad industrial en México, se sugiere la revisión del artículo siguiente, Carreón Perea, Manuel Jorge, La propiedad intelectual en el Plan Nacional de Desarrollo, en Tiempo de Derechos, agosto de 2025, núm. 88, pp. 44 a 48.

[2]Mayor inversión para investigación científica y tecnológica, así como simplificación de tiempos para registros de patentes a partir de la simplificación de tiempos para registro de patentes a partir de la modificación de la Ley del IMPI que será enviada al Congreso de la Unión el 14 de abril. Incluye el desarrollo de vehículos eléctricos, semiconductores; satélites; la creación del laboratorio nacional de inteligencia artificial, programas sociales y de humanidades, entre otros”. Disponible en: https://www.planmexico.gob.mx/ y https://www.gob.mx/presidencia/prensa/presidenta-claudia-sheinbaum-haremos-el-mejor-mexico-posible-tenemos-mucho-pueblo-anuncia-18-programas-y-acciones-del-plan-mexico.

[3] De acuerdo con Matías Giaccardi, quien formuló este concepto fue Jerry Welsh. De acuerdo con lo expuesto por Giaccardi, constituye “Un esfuerzo planeado (campaña) por una organización para asociarse indirectamente con un evento para ganar al menos algo del reconocimiento y beneficios que están asociados con ser un patrocinador oficial”. Giaccardi, Matías, “Ambush marketing. Límites y encuadramiento legal”, p. 366.

[4] De acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo 2025 -2030.

[5] 100 compromisos para el Segundo Piso de la Cuarta Transformación.