Justicia transformativa en materia familiar | Paréntesis Legal

Karla Elizabeth González Ramírez

La Justicia Restaurativa en Materia Familiar promueve la comprensividad entre las partes, al aceptar las diferentes versiones de su realidad, fomenta la interdependencia y responsabilidad paterna entre los progenitores, coadyuvando a la construcción de soluciones a su realidad, de manera humana, ágil y económica.

La justicia Restaurativa es el primer eslabón del proceso de gestión de los conflictos, en virtud de ser una respuesta evolucionada que tiene como objetivos frenar la escalada de conflictos, autodeterminar a la víctima respecto a sus derechos y al pago de reparación del daño y respecto al ofensor, abrir el espectro del hecho, sus efectos y el pago de los daños ocasionados. A través de la Justicia Restaurativa, la facilitadora no solo intenta resolver el conflicto que le fue derivado, sino además el real, trabajará para que el ofensor se responsabilice de los daños ocasionados y que pueda visualizar en qué parte del camino de su vida, ha sido víctima y con qué herramientas cuenta para poder mejorar su futuro.

En los conflictos del ámbito familiar tenemos que la Justicia Restaurativa puede ser la antesala a la Justicia Transformadora de un núcleo familiar; en virtud de que en los conflictos del orden familiar, no siempre es posible restaurar las relaciones o resarcir los daños ocasionados. El objetivo en los conflictos del orden familiar de la Justicia Transformativa será el de salir del impase del conflicto permanente, recurrente y transformar la relación de las personas involucradas, en una relación interpersonal y funcional de acuerdo a las necesidades de todos los involucrados.

Mediante la Justicia Transformativa se logra una verdadera cultura de paz; pues el mejoramiento de las relaciones interpersonales tiene un efecto inmediato en la prevención del conflicto, intentamos que las personas no sean pues, entes litigantes o confrontativos, sino instrumentos de paz. Humanizando a los participantes: reconociendo los patrones de conductas inadecuadas que han llevado a la escalada del conflicto y que los tienen en un círculo vicioso de acusaciones y desacreditaciones, que muchas veces complican la funcionabilidad de los roles de familia, afectando intereses de los demás integrantes del sistema familiar.

La Justicia Transformativa busca no solo resolver los conflictos materiales entre las partes, sino re-direccionar las relaciones interpersonales. Es decir, que la metodología empleada en este proceso Restaurativo, busca, primero que nada, pasar de un rol de parejas a un rol de padres. Lo que evidentemente requiere los principios básicos de escucha activa, respeto y honestidad; pero también del reconocimiento de la diversidad, percepciones de una sola realidad, validando en marco referencial de cada uno de los participantes, así como de las necesidades de fomentar sus responsabilidades parentales para el presente inmediato y futuro que se plantean los padres, respecto del libre y sano desarrollo de sus descendientes.

La primera etapa, el facilitador en entrevistas individuales, tendrá la ardua tarea de recopilar la información del conflicto, debiendo hacer un “mapeo del conflicto”, con perspectiva de género y respeto a los derechos humanos de cada uno de los participantes. El facilitador, en estas entrevistas individuales podrá alentar al participante, a través de preguntas reflexivas o circulares, al planteamiento de propuestas de acciones precisas, para la construcción de sus intereses y necesidades. Al igual que coadyuvará en la apertura de pensamiento crítico reflexivo sobre su marco referencial o violencias normalizadas.

La facilitadora o el facilitador, en sus primeras sesiones conjuntas, tendrá como tema primario el conflicto y la dinámica familiar que han llevado hasta el momento. Muchas veces, la facilitadora puede contar en su Centro con herramientas didácticas o guiones que le ayuden a la estructura y desarrollo del planteamiento de la conflictividad de pareja, la validación de las emociones, las herramientas humanas de cada uno de los involucrados, interdependencia, dinámica familiar, crianza positiva y la asertividad, como un modelo de comunicación no violenta. Es en estas primeras sesiones, donde atravesamos la etapa negativa de los procesos restaurativos, pero donde el facilitador precisamente muestra a los participantes o potencializa las herramientas de educación emocional y de comunicación no violenta.  Es donde muchos de nuestros usuarios interiorizan el “mensaje Yo”, entre muchas técnicas más, sin tan siquiera percibirlo.

En la etapa transicional, el facilitador podrá seguir haciendo uso de su guion, así como en las diferentes etapas; pero de aquí en adelante deberá ir adecuándolo al caso en concreto, con los avances de cada sesión, la identificación de los acuerdos mutuos y los temas que las partes decidieron tratar. En los procesos transformativos empezar las sesiones, por la interdependencia y la revalorización de los participantes comienza a crear un ambiente cordial y humano, centrado en las necesidades e intereses de los usuarios, desarticula la posición de autodefensa y propicia la participación de los involucrados. En esta etapa el facilitador promoverá a las partes a la exploración de soluciones de los puntos a tratar, resignificando los roles de pareja a los roles de padres y centrados en la crianza positiva. Podrá existir la necesidad de que el facilitador realice sesiones individuales entre cada uno de los participantes, a fin de tratar asuntos delicados o que necesiten ser explorados un poco más. En los asuntos de familia la carga emocional es enorme, por ello es tan importante la validación que se haga de las emociones por parte del facilitador, a fin de que, de manera paralela la otra parte también empiece a interiorizar esta herramienta y la haga parte de la dinámica de las propuestas.

En la etapa positiva o en el cierre del proceso de Justicia Transformativa, el facilitador deberá corroborar los acuerdos alcanzados, aunque por experiencia en el desarrollo de los procesos Transformativos en materia Familiar, las partes realizan acuerdo preliminares mismos que van definiendo el futuro de los acuerdos definitivos; pues muchas veces los usuarios pueden ver la funcionabilidad de sus propuestas y redefinirlas. Así mismo, el facilitador a través de preguntas cerradas y abiertas o analógicas, genera la reflexión de diversos escenarios, como incluso, el que pudieran regresar a solicitar el servicio, si las circunstancia lo amerita.

La Familia ha evolucionado, la normativa hoy amplia el modelo de familia, sus derechos y obligaciones; en este mismo camino la evolución de la Justicia con que son resueltos, debe ir a la par de los nuevos paradigmas, con procesos Restaurativos que incluyan las multidisciplinas de las ciencias humanas. La Justicia Transformativa ofrece a las sociedades modelos estructurados que coadyuvan de manera integral a la resolución humana y eficaz de los conflictos de familia.