La reforma antijudicial (Así mueren las democracias) | Paréntesis Legal

Gibrán Jahaziel Zazueta Hernández

 

“Así es como muere la libertad, con un estruendoso aplauso”

Padme Amidala
Star Wars III: La venganza de los Sith

 

Del Senado Galáctico al Senado Mexicano.

La frase que constituye el epígrafe de este texto, extraída de una película de ciencia ficción, ha cobrado difusión en los últimos meses, a raíz de la pretendida reforma al poder judicial a iniciativa del Presidente de la República.

La frase, tan simple, como poderosa: “Así es como muere la libertad, con un estruendoso aplauso”, bien puede sacarse de la ficción del Senado Galáctico de Star Wars y aplicarse a la realidad del Senado Mexicano, por muchas buenas razones, pero en este texto me concentraré en una: la reforma judicial.

Es innegable que la voluntad mayoritaria se expresó en las urnas el pasado 2 de junio, la victoria del partido oficialista fue, por decirlo menos, apabullante, con una votación histórica se eligió a la primera Presidenta de México.

Sin embargo, el contexto por el cual llega la virtual Presidenta no es el más favorecedor, parte de una premisa fundamental: continuar el régimen iniciado en 2018, replicando los mismos discursos y la misma agenda política, entre esta, la reforma al poder judicial para que jueces, juezas, magistrados y magistradas, así como las y los ministros de la Suprema Corte sean electos por voto.

A simple vista podría parecer una idea democrática, quien si no el pueblo es apto para elegir a sus representantes y su forma de gobierno; no obstante, tras esta retórica persuasiva se esconde una visión antidemocrática que pretende politizar a los órganos impartidores de justicia; sin embargo, dada su popularidad y efectividad para convencer a un amplio auditorio, lejos de ser reprobada, está siendo ampliamente celebrada con un estruendoso aplauso.

Para comprender porqué este discurso ha sido tan efectivo en un amplio sector de la población, basta echar un ojo a la exposición de motivos de la reforma.

La exposición de motivos: ¿por qué reformar al poder judicial?

En la exposición de motivos[1] se afirma que una causa estructural de impunidad y falta de justicia es una ausencia de verdadera independencia en las instituciones de justicia, así como un distanciamiento entre la sociedad y las autoridades, lo que se dice ha restado credibilidad y legitimación en sus decisiones. Que las instituciones de justicia incumplen con sus deberes constitucionales y privilegian los intereses de grupos de poder creados contrarios al interés público.

Por ello, la finalidad es incorporar salvaguardas y mecanismos democráticos que permitan a la ciudadanía participar en la elección de ministros magistrados y jueces, así como de quienes integran los órganos de disciplina del PJF, con el propósito de que sus integrantes sean responsables de las decisiones que adopten frente a la sociedad y sensibles a las problemáticas que aquejan a la ciudadanía, representando la pluralidad cultural, social e ideológica de la nación.

Entre otras cosas, destaca que la reforma busca una justicia pronta y expedita, modernizar al PJF para que esté a la altura de los retos del país y las demandas de la sociedad, y para que su actuación cuente con legitimidad democrática. Combatir la corrupción, el nepotismo, el tráfico de influencias, los acuerdos cupulares en los cuales los ministros y jueces no eran responsables frente a la ciudadanía, sino a quienes los pusieron en el cargo, orientando sus decisiones a la protección y defensa de los intereses personales y de grupos e intereses fácticos.

Con semejantes propósitos y afirmaciones yo me pregunto:

¿Quién podría estar en contra de la reforma y sus objetivos?

Me parece que nadie podría oponerse a mejorar las instituciones de justicia, a acercarlas a la sociedad, a que las malas personas juzgadoras sean sancionadas cuando no impartan justicia y protejan los intereses de otras personas, apartando su actuación de la justicia y sus obligaciones y deberes constitucionales.

El problema radica en que nada de eso propone la reforma.

Así es, la reforma no busca mejorar la impartición de justicia, tampoco dotar a los poderes judiciales de mayores recursos y herramientas para llevar a cabo sus funciones con mayor celeridad, eficiencia y con aplicación de tecnología que reduzca la cantidad de trabajo, tiempo y distancias.

La reforma tampoco propone cambios en los códigos procesales que, en buena parte, son responsables de las dilaciones en la impartición de justicia, pues deben respetarse formalidades que con una buena revisión legislativa podrían ser sustituidas y modernizadas a las demandas actuales de la sociedad respecto de una justicia pronta y expedita, así como a la utilización de los medios tecnológicos con los que ahora se cuentan y no se tenían cuando se expidieron los ordenamientos.

Pero como se dijo, nada de eso tiene que ver con la reforma judicial de la que estamos hablando, pues ni siquiera piensa en fortalecer procesal y presupuestalmente a los poderes judiciales. También si la reforma pretendiera acercar a las personas a la justicia se enfocaría en las defensorías públicas, pues mediante estas las personas que no cuentan con recursos para pagar un abogado pueden hacer valer sus derechos ante los tribunales, pero de nuevo, la reforma ni siquiera las contempla.

¿Qué decir de las fiscalías y policías?

Según datos del INEGI[2], el 88.8% de la población mayor de 18 años considera que las policías incurren en prácticas de corrupción de manera frecuente o muy frecuente, respecto de los Ministerios Públicos el porcentaje es del 76.1%, por lo que ve a los poderes judiciales es un 67.6%.

Esta percepción alta de corrupción en policías y fiscalías no es gratuita, se encuentra justificada si consideramos que en este país solamente se investigan 4 de cada 100 delitos, lo que genera una percepción generalizada de corrupción y, sobre todo, de pérdida de tiempo por el alto nivel de impunidad, además, según la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE 2017), casi el 30% de las personas que denunciaron un delito tardaron cuatro horas y refirieron haber tenido un mal trato.[3]

Este escenario generalizado de mala percepción en las autoridades encargadas de investigar los delitos muchas veces se confunde con la actuación del poder judicial, si los delitos no se investigan, se integran y judicializan, el poder judicial, no puede actuar, pues es muy común que la sociedad confunda las actividades de procuración con la impartición de justicia.

Partiendo de la premisa que no es lo mismo la procuración que la impartición de justicia podríamos avanzar en la discusión, es común que se confunda la labor del juez con la de un procurador de justicia, se dice que los delitos no se castigan porque el poder judicial es corrupto, ineficiente o se encuentra alejado de la ciudadanía; sin embargo, no es al poder judicial al que le corresponde investigar y perseguir los delitos, es a las fiscalías.

El problema con la reforma es que no toca ni con el pétalo de una rosa a las policías y fiscalías, siendo que acorde a los datos del INEGI, es aquí en donde la sociedad percibe un mayor porcentaje de corrupción, luego, si las policías y fiscalías no cumplen con sus obligaciones de investigar y perseguir los delitos, los jueces nada pueden hacer, pues no les corresponde esa función, algo que la sociedad muchas veces no visualiza.

Por ello, una reforma que no pretenda atender las causas estructurales de impunidad y corrupción, que no fortalezca a las defensorías públicas, ni reforme para mejorar y capacitar a policías y fiscalías, sin duda está destinada al fracaso.

La reforma judicial: un mal diagnóstico

He dicho anteriormente que la reforma judicial parte de un mal diagnóstico, porque es poco objetivo, realiza afirmaciones que no se sustentan en datos, por ejemplo, que en el poder judicial no existe independencia y que está al servicio de poderes fácticos, esta afirmación tiene un alto grado de efectividad persuasiva, es decir, suena bien y es capaz de captar la atención de un gran porcentaje de la población.

Pero más allá de la retórica: ¿la afirmación es real? ¿se sustenta en algún estudio? ¿se basa en denuncias de corrupción o procesos contra jueces?

Evidentemente no, solamente parte de realizar una serie de afirmaciones y descalificaciones categóricas en contra del poder judicial sin respaldarlo en nada, más que en la propia percepción, pero se regresa al mismo punto, las percepciones son manipulables con un buen discurso, es moldeable la percepción de cualquier auditorio, sobre todo nunca n tenido que llevar un proceso o a pisado un juzgado.

En efecto, la mayoría de personas que afirman que existe una corrupción generalizada en el poder judicial, que está al servicio de poderes fácticos y no es cercano al pueblo, en la realidad nunca han llevado un asunto en un tribunal o no han sido testigos de un acto de corrupción, como la ministra Batres reconoció en su columna publicada en El Universal el pasado 16 de junio[4], en la que afirmó que la percepción general de corrupción se ubicó en un 83.1%, según la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental 2023, aplicada por el INEGI, aunque solamente el 16.3% de las personas reconoció haber tenido una experiencia directa de corrupción en juzgados o tribunales.

Lo anterior revela que más que basar un diagnostico en la experiencia, en los datos y en la realidad, se presenta un diagnóstico basado en la pura ideología, en la demagogia y en la descalificación sin pruebas, no digo que no existan casos de corrupción en el poder judicial, ya sea local o minoritariamente en el federal, pero hacerlo ver como que la corrupción es la regla o que “todos los jueces son corruptos” carece de sustento, no es más que un simple dicho repetido por todos los medios de propaganda, que es apto para captar la atención, sobre todo de personas que nunca han presenciado un acto de corrupción o pisado un juzgado.

¿Qué más propone la reforma?

Entre otros puntos la reforma judicial propone:

  • Acelerar la resolución de los juicios
  • Eliminar los efectos generales de las suspensiones contra normas
  • Limitar las remuneraciones de las personas juzgadoras

Sobre acelerar la resolución de los juicios no se propone nada efectivo, pues si la tardanza en los procesos es una legítima queja de la ciudadanía, la solución sería que los Diputados asignaran un mayor presupuesto a los poderes judiciales locales y el federal para crear más juzgados, ampliar las plantillas del personal que se encuentra rebasado de trabajo y dotarlos de herramientas tecnológicas para realizar su trabajo con mayor eficiencia, así como reformar las leyes procesales para eliminar formalidades que retrasan innecesariamente los asuntos.

Nuevamente, nada de eso propone la reforma, solamente la imposición, desde la Constitución, de que los procesos deben resolverse en determinado tiempo, apercibidos los jueces de que si no lo hacen, serán llevados ante el famoso Tribunal de Disciplina o el Tribunal de la Inquisición, para que justifiquen porque no han resuelto, cuando el retraso puede obedecer a factores procesales y extraprocesales, como formalidades de la ley, actuación de las partes, rezago por la alta carga de trabajo, falta de personal y recursos, es decir, todo lo que no mejora la reforma, solamente se pretende que por decreto se resuelva pronto.

Esto es peligroso por dos aspectos:

El primero, podría utilizarse como una forma de presionar a juzgadores incómodos al poder político o económico, vulnerando con ello su independencia.

El segundo, podría precipitar la solución de los asuntos, impactando negativamente en la calidad y exhaustividad argumentativa que merecen, pues los jueces con tal de no ser sancionados, preferirían dictar las resoluciones “al vapor”.

Por otro lado, la exposición de motivos dice que la Suprema Corte ha avanzado en proteger los derechos colectivos y difusos mediante la reinterpretación del famoso “principio de relatividad de las sentencias”, para ampliar los efectos protectores de una suspensión o un amparo a personas que no figuraron como parte de la controversia, pero que se benefician de sus efectos.

Sin embargo, dice que esta interpretación ha sido poco uniforme, discrecional y contradictoria, bueno pues se podría pensar que para dar mayor certeza y no desproteger a las personas que no tienen acceso a un abogado para litigar un amparo, pero que por los efectos generales sí se ven protegidas, la reforma propondría reglamentar los efectos generales para hacerlos coherentes, uniformes y menos discrecionales, pero no, la reforma tampoco lo hace, no pretende progresar en el avance de la protección de los derechos colectivos, ya que propone eliminar la posibilidad de que se otorguen amparos o suspensiones con efectos generales, los cuales en ocasiones son imprescindibles.

Nuevamente se ve que la reforma no procura garantizar una mejor justicia y más alcances en la protección de los derechos de las personas, por el contrario, pretende maniatar a los juzgadores para que no puedan proteger de manera efectiva a la colectividad; es decir, el gobierno se auto-blinda para seguir vulnerando derechos de las comunidades y pueblos que no tienen acceso al amparo como medio para protegerse de esos abusos.

Por último, la remuneración de las personas juzgadoras ha sido un tema controversial se ha dicho hasta el cansancio que nadie debe ganar más que el Presidente, creo todos estamos de acuerdo que dicho cargo es el más alto y de más responsabilidad, por ello, requiere una adecuada remuneración y podría pensarse que es lógico que nadie gane más, pero ese no es el problema.

El problema ha sido que desde 2018 la Presidencia se ha negado a trasparentar sus remuneraciones, pues la remuneración no es solamente lo que dice el recibo de nómina, sino todas las prestaciones adicionales, en efectivo o en especie, por ello nadie se ha negado a ganar menos que el Presidente, el problema es que el Presidente no quiere decir cuánto es lo que realmente gana.

Lo más peligroso de la reforma: la elección del poder judicial por voto

El último punto, en el que se concentra la atención, la elección popular de personas juzgadoras, lo más peligroso de la reforma por varias razones:

Se politiza la justicia: La reforma propone que las candidaturas para jueces, magistrados y ministros sean propuestas por el poder legislativo, ejecutivo y el judicial, también que no existirá financiamiento público, ni privado, y que será una campaña breve de sesenta días para darse a conocer entre el electorado.

Ya desde aquí se puede ver una tergiversación de la función judicial, que es una labor técnica y especializada, no política, es decir, para ser juez o magistrado más que buenas intenciones, compromisos de campaña o propuestas, se necesitan años de estudio y preparación dentro de la judicatura, haber escalado los puestos de la carrera judicial para conocer cómo funcionan los juzgados, cómo se administran, cuáles son las reglas y políticas institucionales, así como las funciones sustantivas del puesto, como llevar audiencias, revisar acuerdos, solicitudes, requerimientos, proyectos de sentencia y todo lo que a diario se hace en los juzgados, no es una labor que se aprenda de la noche a la mañana.

Más allá de desnaturalizar la función, algo más grave es que las candidaturas sean propuestas por los poderes políticos: ejecutivo y legislativo, que sumados, propondrían a las dos terceras partes de los posibles jueces y magistrados, que si tomamos en cuenta que en el país existen más de 1600 jueces y magistrados federales y más de 5000 locales, es evidente que la ciudadanía no tendría la posibilidad de votar informada, después de haber evaluado la trayectoria y el mérito profesional de cada uno de los aspirantes, simplemente votarían por aquellos candidatos que se identifiquen con la postura política que apoyen.

Por ejemplo, si tales candidatos son afines al partido político en el poder, entonces, como ese partido obtuvo la votación mayoritaria, es evidente que sus candidatos a jueces, magistrados y ministros, tan sólo por esta identificación partidista o ideológica también tendrían la mayoría, haciendo con esto una fusión muy peligrosa entre la judicatura y la política, que a mi punto de vista, siempre deben permanecer sanamente separadas, sin que signifique enemistadas.

Deben permanecer separadas por la razón de que las personas juzgadoras de amparo no juzgan los actos de las personas, sino de las autoridades, cuando precisamente la ciudadanía considera que una autoridad violó sus derechos, acude a un tribunal de amparo a que se le proteja en contra de los actos del gobierno, pero si los que se van a encargar de juzgar al gobierno, le van a deber el puesto al gobierno, y no a sus méritos y trayectoria, es por demás obvio en qué sentido van a resolver, en favor de quien los puso en el cargo, no en favor de quien tenga la razón, esto me lleva a otro punto crucial, el financiamiento.

Intromisión de los poderes fácticos en el poder judicial: Otro punto que, dice la reforma, se va a lograr es separar al poder judicial de los poderes económico y político, honestamente no veo cómo la elección del poder judicial por voto lo logrará, de hecho, todo lo contrario, lo acercará al poder político en la medida en que para ser juzgador se debe tener un apoyo partidista y una estructura política a fin de ser candidato, o dicho en otras palabras: un buen padrino político, a quien se le deberá lealtad por haber impulsado la candidatura, algo que sucede todos los días en el mundo de la política y que, hasta el momento, le es ajeno a la judicatura.

Por otro lado, como la reforma prohíbe el finamiento, entonces, el candidato a juez o magistrado deberá financiar su campaña con propios recursos, algo que se antoja sumamente difícil, toda campaña, por pequeña que sea, requiere de recursos si se quiere llegar al mayor número de votantes, es aquí donde la intromisión del poder económico, a fin de tener a sus jueces a modo, podría tener una indebida intervención y que decir del crimen organizado, si antes mandaban a sus abogados a sobornar jueces, ahora mandarán a sus abogados a que sean los jueces, algo sumamente peligroso.

Compromisos con el electorado: La función del juez no se debe a una determinada ideología o al apoyo de cierto segmento de la población, la función del juez es proteger por igual a quien tenga la razón, sea de izquierda o derecha, conservador o progresista, afín o incómodo al gobierno, es decir, el juez solamente se debe a la Constitución, sin embargo, al ser electo por voto, el juez debería responderle a su electorado, asumir compromisos de campaña, lo cual indudablemente es una presión externa y lo aleja de un ideal de imparcialidad, algo peligroso para la correcta administración de justicia.

Vulneración a la independencia judicial: Sirvan estas preocupaciones como los principales ejemplos de cómo la reforma vulneraría la independencia de las personas juzgadoras, las convertiría en dependientes del poder económico, político y, de sus propios votantes, la popularidad se impondría a la capacidad, la demagogia a la razón y la impunidad selectiva a la verdadera justicia, haría del juez un empleado más de los poderes fácticos, politizando la justicia, poniéndola a merced del poder económico, político y hasta del crimen organizado, en otras palabras, las garantías y derechos de la ciudadanía se habrían acabado.

“Así es como muere la democracia, con un estruendoso aplauso”.

La reforma al poder judicial debería calificarse como la “Reforma anti-judicial”, pues no propone fortalecer al poder judicial, dotarlo de mayores herramientas para que ejerza su función con mayor efectividad e independencia, sancionar a quien se deba sancionar, capacitar a quien se deba capacitar y acelerar la impartición de justicia con apego a los derechos humanos.

No, esa no es la reforma que se nos está vendiendo, lo que se nos está poniendo en la mesa es una reforma populista, sin razón de ser, que no atiende las causas estructurales de la impunidad, la corrupción y la injusticia, que no busca la mejora del poder judicial, sino su sumisión al poder político, con las consecuencias negativas que eso siempre ha traído a los derechos del pueblo.

Sí, ese pueblo que parece que no ve lo grave y peligroso que es elegir a sus jueces por voto, a identificarlos como políticos y no como juzgadores, a que la popularidad y la demagogia se imponga a la capacidad y la imparcialidad, a que las garantías y los derechos conquistados con base en luchas sociales, en activismo fundado en causas, se vean sometidos al poder político en turno, todo eso que el pueblo parece no ver es lo que está en riesgo: un retroceso inimaginable.

El gobierno no va a proteger al pueblo del mismo gobierno, para ello el pueblo necesita de sus jueces, la clásica expresión “Hay jueces en Berlín”, que denota que cuando el gobernante abuse del pueblo puede acudir a un juez que lo proteja en contra de esos abusos dejará de existir, entonces, “Había jueces en Berlín” hasta que el pueblo decidió que el poder del tirano lo podía proteger del mismo tirano, bajo la falacia de que eligió en las urnas, cuando sólo eligió a sus verdugos, impuestos por aquel de quien debían protegerse.

Así mueren las democracias, con un estruendoso aplauso, así muere la división de poderes, con un estruendoso aplauso, así muere la república, la independencia de los tribunales, los derechos de las minorías, así muere el juicio de amparo, la defensa de las colectividades, de los pueblos indígenas, así mueren los años de conquistas sociales, de avance en los derechos humanos, así muere la posibilidad de que al pueblo se le proteja del poder, así mueren las garantías penales, así muere el país, al ritmo de un ferviente y estruendoso aplauso de una sociedad que grita: “Reforma Judicial YA”.

[1] Consultable en: http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2024/02/asun_4696973_20240205_1707785928.pdf

[2] Consultable en: https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2023/EAP_vsCorrup23.pdf

[3] Consultable en: https://www.impunidadcero.org/impunidad-en-mexico/#/

[4] Consultable en: https://www.eluniversal.com.mx/opinion/lenia-batres/juezas-y-jueces-para-el-sistema-de-justicia-del-mexico-democratico/