Nuestra lucha no sólo es en marzo | Paréntesis Legal

Flor Aydeé Rodríguez Campos

 

 

La violencia en contra de las mujeres y niñas representa una de las violaciones a los derechos humanos más sistemáticas, extendidas y perpetuadas en todos los países, culturas y clases sociales. Para nadie es un secreto que las cifras respecto a las denuncias y llamadas de auxilio por violencia de género en México han ido en aumento sin importar colores, ideologías, partidos ni gobiernos. La realidad que vivimos las mujeres mexicanas nos coloca en peligro constante pues, doce mujeres son asesinadas todos los días por el simple hecho de ser mujeres, es decir, el solo hecho de nacer con un género ya nos sitúa en una posición de desigualdad frente a los hombres y esta ha sido la regla durante siglos, sin embargo, hemos sido las mismas mujeres quienes hemos luchado para poder ejercer los derechos de los que hoy gozamos, nada se nos ha otorgado, todo lo hemos luchado.

Es gracias a esta lucha en la que miles de mujeres incluso perdieron la vida, que tenemos derecho a la educación, a la salud, a trabajar, a la propiedad, a transitar de manera libre, a participar en la vida pública y política porque, aunque asumimos que cualquier persona tiene estos derechos, para nosotras no fue así siempre. Uno de los principales logros para la causa de las mujeres fue el reconocimiento del derecho de las mujeres y las niñas a tener una vida libre de violencia. Este recnocimiento es un aporte del Derecho Internacional de los Derechos Humanos pues, son diversos los tratados internacionales en materia de derechos humanos que consagran el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de todas las personas. Los países integrantes de la Organización de Estados Americanos, por recomendación de la Comisión Interamericana de Mujeres, firmaron la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer mejor conocida como la Convención de Belém Do Pará, en 1994. En México, el decreto de promulgación de esta Convención se publicó en el Diario Oficial el 19 de enero de 1999, luego de poco más de dos años de procesos legislativos para su entrada en vigor.

Es este documento internacional a la letra establece:

“La violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades… su eliminación es condición indispensable para su desarrollo individual y social y su plena e igualitaria participación en todas las esferas de vida.”

Pero para poder acatar y tomar acción se creó un instrumento jurídico como respuesta del Estado Mexicano a los compromisos internacionales adoptados por la Convención de Belém Do Pará, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) fue promulgada el 1 de febrero de 2007 en el Diario Oficial de la Federación. Esta ley permite por primera vez visibilizar, identificar, clasificar y sancionar las violencias que viven las mujeres, definiendo a la violencia contra las mujeres como: cualquier acción u omisión, basada en su género que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público.

La LGAMVLV es aplicable en todo el territorio nacional y obligatoria para los tres ámbitos de gobierno, en los cuales se aplican las políticas públicas necesarias para dar respuesta a las demandas de la población. Las autoridades deben tomar todas las medidas apropiadas para garantizar, sin discriminación alguna, la igualdad entre hombres y mujeres en el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en todas las esferas. Asimismo, deben condenar la violencia contra la mujer y aplicar todas las medidas apropiadas para eliminarla. Adoptar medidas jurídicas para que los agresores se abstengan de hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida de las mujeres, su integridad o propiedad, y; modificar prácticas jurídicas o consuetudinarias que respalden la persistencia o la tolerancia de la violencia contra las mujeres, entre otras obligaciones.

La visibilización de las violencias y el reconocimiento del feminicidio como la expresión máxima de dichas violencias dentro de la LGAMVLV fue trabajo no solo de las instancias gubernamentales ni de las legisladoras y legisladores sino de las activistas que formaron parte de la creación de estos intrumentos legales y derivado de la intervención de quienes llevaban años resistiendo en la lucha por nuestros derechos se estableció también el mecanismo denominado Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), las órdenes de protección, los refugios y la atención que se debe proporcionar a las mujeres que han vivido violencia de género.

No es algo que “esta de moda” o que “se escuche bien” y mucho menos que deba utilizarse como bandera de ningún partido político. Vivir libres de cualquier expresión de violencias es nuestro derecho, no es una concesión, es nuestra conquista. El movimiento feminista es sin duda el movimiento político y social que más ha revolucionado el mundo, sin importar los fenómenos sociales perdura y esta más vivo que nunca. No solo luchamos en marzo, no solo tenemos derechos en marzo porque todos los días recordamos que gracias a la colectividad y del trabajo arduo de las mujeres que nos antecedieron es que hemos conquistado derechos que parecía que no eran nuestros y el ejemplo más palpable es el derecho de votar y ser votadas y por el que hoy por primera vez en la historia política de México tenemos a una mujer Presidenta. Luchar y levantar la voz si sirve.

 

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