Penalización de emergencias | Paréntesis Legal

Penalización de emergencias obstétricas y criminalización del aborto

Manuela (I): Introducción

Paulina Macías Ortega

Manuela tenía 31 años cuando sufrió un parto extrahospitalario y preeclampsia[1]. Se desmayó sin tener conocimiento de que había sufrido una emergencia obstétrica. El personal médico que debía salvarle la vida prefirió cuestionar y juzgarla mientras sufría una hemorragia y sus síntomas se agravaban. A Manuela no le prestaron la atención médica requerida, pero sí un interrogatorio, una denuncia ante la fiscalía y la experiencia de ser esposada a la cama del hospital. Un día después, la fiscalía salvadoreña solicitó la instrucción formal con detención provisional en su contra por el delito de “homicidio agravado en perjuicio de su hijo recién nacido”. ¿Qué valor tienen las mujeres para un Estado que prefiere detenerlas arbitrariamente que atender casos de urgencia obstétrica?

Hace un par de semanas concluyeron las audiencias del Caso Manuela y otros vs. El Salvador. El caso es indignante por donde se mire: el personal médico, que debía atenderla, decidió desde el primer segundo que Manuela era culpable. La mayoría de las autoridades que intervinieron en el proceso penal, al que arbitrariamente fue sometida, también ¿El delito fue ser mujer*, madre soltera, no saber leer ni escribir o no haber tenido acceso a una educación sexual? ¿O quizá el delito fue nacer en un país que criminaliza el aborto y tiene una maquinaria institucional y burocrática que niega sistemáticamente la salud reproductiva de las mujeres y personas gestantes? Quizá todas las anteriores. Lo único que queda claro es que Manuela fue víctima de una estructura en la que permea la violencia institucional y de género que, la sometió sin evidencia científica y con base en estereotipos de género, al sistema penal salvadoreño. Manuela tenía 31 años cuando ocurrieron los hechos materia del caso. Fue condenada a 30 años de prisión. Falleció en el 2011.

El caso de Manuela trae a colación discusiones importantes: ¿Cuál es el impacto diferenciado de la penalización del aborto en mujeres en situación de pobreza? ¿Por qué la línea de investigación de la Fiscalía se basó en que Manuela era “una mujer inmoral”? ¿Era relevante que las autoridades mencionaran una presunta infidelidad? ¿Cómo se materializa la perspectiva de género en el aparato burocrático, en la actuación jurisdiccional y en la intervención médica? ¿Dónde quedó el derecho a la privacidad de Manuela? ¿Cuáles son los efectos materiales de la prohibición absoluta del aborto? ¿Estos cambian cuando el derecho a la vida desde la concepción tiene anclaje constitucional? ¿El uso de grilletes y esposas durante un proceso de parto e inmediatamente después del mismo puede configurar tortura o un trato degradante y cruel? [2]

Para la edición de este mes me gustaría empezar con una primera pregunta: ¿Qué hay detrás de los 30 años de cárcel a los que fue condenada Manuela? La respuesta aparente es la prohibición absoluta del aborto. Un Estado que criminaliza el aborto y fomenta la violencia obstétrica. Al analizar los fundamentos de la norma y los efectos materiales de su ejecución, encontramos que existe un componente de índole moral y social que fundamenta estas normas: una visión del mundo donde no tiene cabida la autonomía reproductiva de las mujeres y personas gestantes.

La criminalización del aborto se presenta como la conjunción de diferentes factores: de la percepción de la maternidad como una función obligatoria de las mujeres y personas gestantes, de la valoración de la mujer* por su capacidad reproductiva, de la exigencia de ideales sobre la maternidad, de la división sexual del trabajo. Se adicionan también imposiciones de sistemas morales, donde la libertad para decidir sobre el propio cuerpo no tiene cabida. De esta forma, la prohibición absoluta del aborto desconfía de las mujeres como seres autónomos, capaces de tomar el control de su vida sexual y reproductiva. Nos quita agencia y la posibilidad de autodeterminación en lo relativo a nuestro destino reproductivo. Desconfía de nuestra capacidad de decisión y autoconfiguración en todas las esferas. Paralelamente a la criminalización, se desarrolla una narrativa estatal que legitima la violación sistemática a los derechos sexuales y reproductivos de mujeres y personas gestantes, que impone una visión arquetípica de las mujeres* como madres. Una narrativa estatal que sospecha de las más vulnerables. Una narrativa que no se queda en sospecha y se materializa en condenas de treinta años y mujeres atadas a camas de hospital.

Las normas nunca son neutrales, ¿qué vamos a hacer al respecto?

  1. Se trata de una complicación del embarazo severa que se presenta en personas gestantes y mujeres y cuyos signos son daño hepático o renal y presión arterial alta.*Mujer o persona gestante
  2. Abordaré estos temas en las siguientes entradas.Recomiendo este fotodocumental sobre la criminalización del aborto en El Salvador. https://www.nytimes.com/slideshow/2006/04/07/magazine/20060409_ABORTION_index/s/09abort.slide1.html