Reconocimiento jurídico del vínculo de los seres sintientes en los procesos de divorcio | Paréntesis Legal

Karime Athie Ortiz

 

 

Recientemente el Congreso de la Ciudad de México se convirtió en el primero en reconocer la importancia de la custodia de los animales en caso de divorcio, creando nuevos esquemas jurídicos enfocados al bienestar y reconocimiento como parte del núcleo familiar.

El 18 de agosto del presente año, el Congreso de la Ciudad de México aprobó por unanimidad la reforma al Capítulo X del Código Civil para el Distrito Federal, brindando un marco inédito de justicia familiar.

La “familia multiespecie” es un término que observa a la familia más allá de los seres humanos, es decir, de identidad familiar ampliada, con una relación afectiva de corresponsabilidad y cuidado, descartando los paradigmas que consideraba a los animales como objetos.

En términos legales los animales habían sido considerados como bienes en caso de la disolución del vínculo matrimonial, sin embargo, con esta nueva reforma se abre un nuevo camino que brinda certeza legal sobre su vida y destino.

Anteriormente la custodia de los seres sintientes en caso de divorcio era decisión exclusiva de los cónyuges conforme a su criterio y sin respaldo legal alguno.

Actualmente en caso de que no exista un acuerdo entre las personas divorciantes, la persona juzgadora podrá autorizar la custodia individual o compartida de los seres sintientes, garantizando de esta manera su bienestar, alimentación, cuidados médicos y espacio adecuado.

De forma específica la reforma señala que “en el caso de que las personas divorciantes sean poseedoras de uno o varios seres sintientes, podrán establecer un plan de cuidados que considere el bienestar de dichos seres, precisando quién será el responsable de su custodia, teniendo en cuenta factores como: la capacidad de cada parte para proporcionar un ambiente adecuado y seguro para los seres, así como la disponibilidad de tiempo y recursos para cuidar de ellos”.

La disolución del vinculo matrimonial conlleva emociones profundas, así como la toma de decisiones fundamentales que definirán el rumbo de los integrantes del núcleo familiar, como las hijas y/o hijos, y por supuesto de los seres sintientes a quienes también se deberá tomar en cuenta en el momento de la separación.

Esta reforma protege a los seres sintientes de ser objeto de chantaje, manipulación o venganza entre las personas divorciantes, así como también del abandono u adopción, en el mejor de los casos.

De acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en 2023, el 69.8% de los hogares en la Ciudad de México contaban con seres sintientes, es decir, más de la mitad de la población, es por ello, la importancia de crear marcos legales garantes de su bienestar en situaciones específicas de vulnerabilidad.

Es importante señalar que a nivel nacional existen 80 millones de animales de compañía, de los cuales 43.8 son perros, 16.2 gatos y 20 millones otras especies, lo que refleja la necesidad impostergable de continuar legislando en cada una de las entidades federativas.

Hoy la Ciudad de México es pionera y referente al legislar sobre la custodia de los animales en caso de divorcio, todo ello en coherencia y consecución con las reformas y normativas aprobadas sobre protección animal en la Constitución de la Ciudad de México y la Ley de Protección y Bienestar Animal.

En países como España, Francia y Portugal, las autoridades judiciales reconocen a los animales en los procesos de divorcio, considerándolos en los acuerdos de custodia compartida o visitas.

El contexto global actual obliga a promover legislaciones avanzadas en esta materia, así como a la creación de políticas públicas certeras que promuevan su bienestar y protección, anteponiendo el interés superior de los animales.

La inclusión de la custodia de animales en los procesos de divorcio constituye un avance jurídico significativo que señala criterios claros para su cuidado, estableciendo un precedente histórico en la legislación familiar de la Ciudad de México, mismo que debe ser replicado en cada entidad federativa de nuestro país.

La obligación de garantizar la protección de los animales en la disolución del vínculo matrimonial no es solo una cuestión legal, sino también un compromiso ético y social que nos recuerda que ellos también sienten y viven las consecuencias de nuestras decisiones.