Reformas al poder judicial ¿y ahora qué sigue? | Paréntesis Legal

Karime Athie Ortíz

 

Nuestro país está viviendo un momento histórico, no solo por la llegada de la primera mujer a la presidencia, sino también por la serie de reformas que previamente el titular del Poder Ejecutivo había anunciado, entre ellas la de la reforma constitucional del Poder Judicial.

El 5 de febrero del presente año, el titular del Ejecutivo Federal envió al Congreso de la Unión una iniciativa de reforma constitucional, misma que fue aprobada el 4 de septiembre por el pleno de la Cámara de Diputados y el 11 de septiembre por la Cámara de Senadores, dando inicio a los procedimientos legislativos necesarios para su aprobación en los congresos locales.

La iniciativa plantea entre otras cosas la renovación de ministros, consejeros, jueces y magistrados a través de un proceso de insaculación y elección popular; la reducción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de 11 integrantes a 9; la creación de un órgano de administración judicial y un Tribunal de Disciplina.

Como es de conocimiento público, este proyecto de Decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de septiembre en su edición vespertina.

Esta iniciativa ha provocado desde sus inicios una intensa, continua y permanente movilización ciudadana, así como de las personas trabajadoras del Poder Judicial.

A estas movilizaciones se han sumado las y los jóvenes estudiantes de diversas universidades del país, quienes de forma organizada, estratégica e inteligentemente han manifestado su desacuerdo en el contenido y aprobación de la reforma, demostrando su interés legítimo e involucramiento en los asuntos del orden público.

De igual manera diversas organizaciones y gremios de la abogacía, académicos, analistas y algunos medios de comunicación se han unido a las acciones que se han llevado a cabo en contra de la aprobación y entrada en vigor de la reforma judicial.

A semanas de la publicación de las reformas constitucionales en el DOF, se espera que este mes de octubre se emita la convocatoria con las fechas y plazos para elegir a las personas que ocuparan más de 1600 cargos judiciales. La fecha limite a partir de la publicación de la convocatoria es el 11 de febrero de 2025.

El 12 de febrero del 2025 el Senado deberá remitir al Instituto Nacional Electoral la lista de candidaturas postuladas para poder iniciar el proceso de impresión de boletas y dar inicio a las campañas de los postulantes el 30 de marzo, finalizando el día 28 de mayo del mismo año.

Se prevé que la jornada electoral se realice el 1 de junio del 2025 y los tres días posteriores se lleve a cabo la entrega de constancias de mayoría para las personas que resulten electas.

En este proceso las impugnaciones se podrán interponer a más tardar el 28 de agosto para que durante el mes de septiembre se tome protesta a las personas electas para ocupar los cargos en el Poder Judicial.

Las adecuaciones a la Ley por parte de los congresos estatales, es fundamental para el debido proceso de elección para lo cual la fecha límite para realizarlas es el 15 de marzo del 2025.

Es importante mencionar que aún se encuentran en curso aproximadamente 138 amparos en contra de la reforma judicial, algunos de ellos relacionados con faltas en el proceso legislativo.

Desde el principio de supremacía constitucional es importante que ninguna reforma constitucional trasgreda y viole la división de poderes. La independencia y autonomía del Poder Judicial debe prevalecer por encima de todo y ante cualquier escenario, es imperante fortalecer la democracia y el Estado de Derecho para garantizar el acceso real a la justicia de todas y todos los mexicanos.