CARLOS ALBERTO SÁNCHEZ GARCÍA
México
Biografía
Es egresado de la licenciatura en derecho por la Universidad Autónoma de Querétaro y de la maestría en derecho por la misma universidad. Se ha desempeñado dentro del sector público y privado en áreas de litigio y consultoría enfocada en juicio de amparo, derecho administrativo, responsabilidad patrimonial del Estado y responsabilidades de los servidores públicos. Es autor del libro: la suspensión en el juicio de amparo por la editorial Tirant lo Blanch.
Artículos Recientes
Baches, buena administración y un caso de responsabilidad patrimonial del Estado
Mtro. Carlos Alberto Sánchez García El derecho a la buena administración y la noción misma de buena administración como guía de la acción administrativa han cobrado gran relevancia en los últimos tiempos. La doctrina se ha ocupado con detalle de este...
Discrecionalidad y actividad administrativa irregular. La mirada de la Segunda Sala.
Mtro. Carlos Alberto Sánchez García Hace poco más de siete años se destapó uno de los casos más sonados en el sistema financiero mexicano; lo que podríamos llamar: la defraudación de los ahorradores de FICREA. Miles de personas perdieron los recursos que como...
Disuadir y prevenir. Dos aristas de la responsabilidad patrimonial del Estado
Carlos Alberto Sánchez García Hasta ahora los reflectores han apuntado su luz a la función compensatoria de la responsabilidad patrimonial del Estado. El énfasis que se ha dado a esa función es proporcional a los procedimientos que en esta materia se ventilan...
Efectos restitutorios en la suspensión y la resistencia a aplicarlos
Carlos Alberto Sánchez García En pasados días se difundieron algunos extractos de decisiones de juzgadores de distrito negando suspensiones con efectos restitutorios. En todas ellas había coincidencia: negar esa clase de medidas cautelares por ser de...
El procedimiento de responsabilidad patrimonial del Estado y la carga de la prueba. Una nota a partir de los precedentes de la Suprema Corte.
Mtro. Carlos Alberto Sánchez García La responsabilidad patrimonial del Estado, establecida en el artículo 109 constitucional, dejó en manos del legislador la configuración de las bases y el diseño del procedimiento para poder obtener la indemnización y reparación...
Electrocuciones materialmente no administrativas. Sobre la exclusión de la procedencia de la vía administrativa de responsabilidad patrimonial del Estado.
Carlos Alberto Sánchez García El sistema actual de responsabilidad patrimonial que tiene México es uno tan amplio como pueda entenderse la noción: materialmente administrativo. Ese fraseo es la llave de entrada a la vía administrativa y al resarcimiento de daños que...
Indemnización por responsabilidad patrimonial de la administración y lucro cesante. Una mirada a partir del caso de un accidente aéreo
Carlos Alberto Sánchez García El cuatro de noviembre de dos mil ocho una aeronave Learjet 45, en que viajaba quien era en ese momento Secretario de Gobernación y varias personas más, se estrelló en las Lomas de Chapultepec mientras volaba de la ciudad de San Luis...
La contradicción de criterios 338/2022 y la suspensión con efectos restitutorios
Carlos Alberto Sánchez García El pasado 16 de junio de 2023 se publicó en el Semanario Judicial de la Federación un importante precedente de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de suspensión del acto reclamado. La tesis que...
La regulación de la responsabilidad patrimonial del Estado por los congresos locales. Un par de casos
Carlos Alberto Sánchez García La inclusión de la figura de la responsabilidad patrimonial del Estado y el derecho de los particulares a la reparación de los daños derivada de esta no es novedoso en el sistema de la Constitución mexicana. De hecho, la introducción de...
La vía en casos de acciones de responsabilidad estatal por error judicial
Carlos Alberto Sánchez García Como en el resto de las actividades humanas el juzgar no está exento de errores. Hasta hace poco tiempo el concepto de error judicial como productor de responsabilidad no era una discusión recurrente; sobre todo teniendo en cuenta...